Una juez madrileña ha absuelto a una mujer que tuvo un accidente de madrugada contra otro vehículo en Madrid y dio un 0,73 en la prueba de alcoholemia que se la realizó 40 minutos después del golpe. La acusada alegó que después del impacto fue a su domicilio y que por los nervios ingirió alcohol, según consta en su declaración a la que ha tenido acceso Vozpópuli.
El suceso ocurrió en torno a la una de la madrugada del 26 de agosto de 2020. La Policía Municipal de Madrid fue alertada por la colisión entre un Audi Q5 y un Porche Cayenne, que se encontraba estacionado en la calle Talía del barrio de San Blas. La conductora del Audi, de 53 años, abandonó el lugar de los hechos bajo la excusa de ir a su domicilio a por los papeles del coche. Esta mujer dejó el coche en medio de la calle y no se podía acceder a la misma.
Perdió el control de su Audi
Esta situación generó una discusión con el propietario del vehículo perjudicado, motivo por el cual un vecino llamó a las autoridades ante el escándalo que se estaba formando en la zona. Cuando llegó la patrulla policial y localizó a la conductora del Audi, esta mujer manifestó que perdió de forma involuntaria el control de su coche "sin saber cómo".
Los agentes reflejaron en el atestado que durante la conversación con esta conductora se "le aprecian síntomas de alcoholemia tales como: ojos enrojecidos y vidriosos, torpe de movimientos, se le caen las cosas de las manos, andar titubeante”. Por ello, solicitaron una patrulla dotada de etilómetro.
Estos agentes, tras efectuar la pertinente prueba de alcoholemia, constataron un resultado positivo en ambas de 0,73 y 0,67 miligramos por litro de aire inspirado, superando de esta manera los 0,60 MG/L y pudiendo constituir un delito contra la seguridad vial. Por todo ello, esta mujer fue citada días después para un juicio rápido en calidad de investigada.
Bebió por el "shock" del golpe
La defensa de la mujer, ejercida por el experto abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, tuvo que hacer frente a la acusación de la Fiscalía quien consideraba culpable a esta conductora. A pesar de ello, Ospina reclamó el archivo y sobreseimiento del caso.
Defendió que su clienta había ingerido el alcohol en el lapso de tiempo entre el accidente y la ejecución de la prueba “fruto del shock que le causo el mismo”, cuando acudió a su domicilio, a cuatro minutos andando del lugar del accidente, a por los papeles del vehículo. Una versión corroborada por su marido, quien se encontraba en casa.
Este letrado se apoyó en el testimonio de uno de los agentes de la Policía Municipal de Madrid que estuvo presente en la intervención, quien señaló que desconocían el "estado de esta señora antes de subir a su casa, pues no habían llegado aún, por lo que no se puede precisar si ya estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas”.
40 minutos entre el accidente y la prueba
La defensa puso el acento en que desde el momento del accidente a la realización de la prueba de alcoholemia pasaron 40 minutos. Un tiempo que se ajustaba con el criterio del médico forense y los propios informes de la Dirección General de Tráfico respecto a la relación a la influencia de bebidas alcohólicas y conducción. Esa puerta abriría la posibilidad de que versión esgrimida por su clienta ganase credibilidad ante la sala y generando una duda real sobre lo sucedido.
Finalmente, en un auto fechado el pasado 26 de mayo al que ha tenido acceso Vozpópuli, la magistrada del Juzgado de Instrucción nº9 de Madrid, decretó la absolución de esta conductora. Todo ello a la vista de las actuaciones presentadas y las diligencias previas confeccionadas por la defensa.
La juez apuntó que las investigaciones no pudieron determinar en qué momento la acusada ingirió el alcohol. Por ello, entendió el archivo de la causa a pesar de alcanzar los 0,73 miligramos por litro de aire inspirado en la prueba de alcoholemia y del testimonio de los policías que acudieron al siniestro.
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