Ya está preparada la maquinaria para el próximo domingo. El foco, obviamente, estará puesto durante la noche, cuando el recuento de votos -que podrás seguir en directo desde Vozpópuli- decida como queda el mapa político de forma definitiva. Sin embargo, durante todo el día, el mayor trasiego se vivirá en los colegios electorales.
La mesa electoral forma parte de la Administración electoral, junto con las Juntas. Le corresponde presidir el acto de la votación, controlar su desarrollo, así como realizar el recuento y el escrutinio. Está integrada por un presidente o presidenta y dos vocales que se eligen por sorteo entre las personas censadas en una sección central.
A principios de este abril, se produjo dicho sorteo y estimó quienes serían los formantes de las miles de mesas que el 28 de abril tendrán un papel fundamental en las elecciones generales.
Cómo saber si has sido designado mesa electoral
Los Ayuntamientos no publican los resultados de los sorteos, solo notifican a los miembros designados que formarán parte de la mesa electoral. Se les notificará su condición de integrante durante los tres días siguientes al sorteo, aunque si se produce más tarde, el retraso no será causa invalidante de la designación.
Esto supone que todo aquel que deba formar parte de una mesa electoral, ya tiene que haber recibido una notificación por correo ordinario.
Qué pasa si no te presentas a una mesa electoral
Acudir como presidente o vocal a una mesa electoral es obligatorio. Quien no acuda, puede incurrir en una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses.
Si posteriormente, cualquiera de los designados estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, debe comunicarlo a la Junta Electoral de Zona, al menos 72 horas antes del día de las elecciones, aportando las justificaciones pertinentes.
Si he participado en una mesa, ¿tengo un día libre en el trabajo?
No. Oficialmente, los participantes no tendrían derecho a cogerse ningún día, con la excusa de haber ido a una mesa electoral. Lo que sí tienen derecho es una reducción de la jornada de su trabajo de cinco horas, el día inmediatamente posterior.
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