En un movimiento que ha sorprendido a expertos laborales y sindicatos, el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz ha llevado a cabo una modificación sustancial en el Estatuto de los Trabajadores. Esta reforma, que entra en vigor ya este mes de agosto, establece un nuevo criterio para los despidos que se produzcan tras la solicitud de una adaptación de jornada por parte del trabajador, además de la eliminación del despido automático para los trabajadores a quienes se les reconozca una incapacidad permanente.
Hasta ahora, la legislación laboral española consideraba nulos los despidos que se producían en un plazo inferior a los cuatro meses siguientes a la solicitud de una adaptación de jornada, ya fuera por razones de discapacidad, maternidad, paternidad u otras circunstancias personales. Sin embargo, esta nueva normativa elimina esta presunción de nulidad automática, lo que abre la puerta a una mayor discrecionalidad por parte de las empresas a la hora de justificar un despido en estas circunstancias.
Como decimos, ahora no se va a producir esta declaración automática, sino que serán los trabajadores los que tendrán que demostrar que el despido se ha producido exclusivamente por el mero hecho de haber ejercido este derecho (haber solicitado la adaptación de jornada) y no por otro motivo. De ese modo, no quedan 'blindados', y solo se declarará nulo su despido si demuestran, como se ha explicado, que la extinción de la relación laboral se ha producido únicamente por haber solicitado la adaptación de jornada.
¿Qué implica este cambio en los despidos?
- Mayor flexibilidad empresarial. Las empresas tendrán mayor margen de maniobra para justificar un despido, siempre y cuando puedan demostrar que existen motivos objetivos y económicos que lo justifiquen.
- Mayor incertidumbre para los trabajadores. Los trabajadores que soliciten una adaptación de jornada se enfrentarán a una mayor inseguridad laboral, ya que la posibilidad de ser despedidos será más real.
- Importancia de la negociación. Se prevé un aumento de los conflictos laborales en torno a las adaptaciones de jornada, ya que los trabajadores deberán negociar con sus empresas condiciones más favorables para garantizar su estabilidad laboral.
Posibles consecuencias económicas
Este nuevo marco legal podría generar una serie de implicaciones económicas tanto para las empresas como para los trabajadores:
- Aumento de los litigios laborales. Es probable que se produzca un incremento en el número de demandas judiciales relacionadas con despidos tras solicitudes de adaptación de jornada. Esto generará mayores costes legales para las empresas y podría ralentizar los procesos de selección y contratación.
- Mayor dificultad para conciliar vida laboral y familiar. La incertidumbre sobre la estabilidad laboral podría disuadir a los trabajadores de solicitar adaptaciones de jornada, lo que dificultaría la conciliación de la vida laboral y familiar y podría tener un impacto negativo en la productividad y el bienestar de los empleados.
- Mayor rotación de personal. Si los trabajadores perciben que su empleo es menos seguro, podrían ser más propensos a buscar nuevas oportunidades laborales, lo que generaría mayores costes de selección y formación para las empresas.
¿Qué deben hacer los trabajadores?
Ante este nuevo escenario, es fundamental que los trabajadores que estén considerando solicitar una adaptación de jornada se asesoren adecuadamente por parte de un abogado laboralista o un sindicato. Asimismo, es recomendable documentar de forma exhaustiva todas las conversaciones y negociaciones con la empresa para poder defender sus derechos en caso de conflicto.
Los sindicatos, en general, han mostrado su preocupación por este cambio legislativo, argumentando que debilita los derechos de los trabajadores, fomenta la precariedad laboral y disminuye la igualdad de oportunidades.
En resumen, este cambio en el Estatuto de los Trabajadores plantea importantes interrogantes sobre el equilibrio entre los derechos de los trabajadores y la flexibilidad empresarial. Será fundamental seguir de cerca su evolución y evaluar sus efectos reales en el mercado laboral español.