Hacienda ha dado marcha atrás a la resolución por la que la asistencia jurídica gratuita quedaba sujeta a IVA. Así lo ha indicado el ministro de Justicia, Rafael Catalá, al Consejo General de la Abogacía Española. La suspensión se produce después de que PP, PSOE y Ciudadanos presentaran conjuntamente una Proposición de Ley en el Congreso para dejar exentos de IVA a los abogados y procuradores del turno de oficio.
Con la aprobación de la Propuesta, volverán a ser las administraciones públicas las que seguirán financiando con cargo a sus dotaciones presupuestarias la prestación de los servicios del turno de oficio por los Colegios de Abogados y de Procuradores.
Interpretación errónea de Hacienda
Hacienda aplicó el IVA al servicio de asistencia jurídica gratuita al entender que debía obedecer una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que indicaba que este servicio es voluntario y por lo tanto remunerado. En ese caso, no se podría 'perdonar' el IVA.
Pero la realidad española es distinta a la de sus socios europeos. En España, que son los colegios profesionales quienes asumen la obligación de dar un servicio público. Además, el turno de oficio está recogido y protegido por la propia Constitución.
Efecto el 1 de enero
La nueva norma, actualmente en tramitación, tendrá efecto desde el 1 de enero de 2017. Por ello los profesionales no tendrán que declarar el IVA del primer trimestre en lo que a asistencia jurídica se refiere, tal y como ha adelantado confilegal. La medida adoptada no extraña a nadie. La resolución causó desde el primer momento el rechazo de los abogados, los grupos de la oposición e incluso el Ministerio de Justicia.