La magistrada Mónica Aguirre descarta imputar a la expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre en el procedimiento penal abierto por la gestión del hospital Puerta de Hierro. La titular del Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid rechaza la petición formulada por la Fiscalía Anticorrupción, que consideró que habría que citar a la exmandataria regional por los delitos de prevaricación y malversación en relación a la orden de reducir 135 camas de este hospital privatizado.
En su auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, explica que, de la declaración prestada hasta ahora por la única investigada, Elena de Mingo, no se puede acreditar que la orden de reducir el número de camas proviniera directamente de la Presidencia de la Comunidad de Madrid. Del mismo modo, también rechaza imputar al exconsejero de Sanidad madrileño Juan José Güemes Barrios y a la exviceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid Ana Sánchez Fernández.
Por contra, sí que da luz verde a la petición del Ministerio Público de citar como investigado a Jesús Alejandro Vidart Anchia (exdirector general de gestión económica y de compras del Servicio Madrileño de Salud). El Ministerio Público pidió la implicación de todos ellos en el procedimiento penal al considerar que eran responsables en el cambio de las condiciones del hospital de Majadahonda. Según razonó, esta modificación tenía consecuencia directa en la reducción de costes para la sociedad concesionaria de la obra.
Ello se habría traducido en un importante perjuicio económico para las arcas del Estado cercano a los 10 millones de euros, según Anticorrupción. Además, precisó que Vidart "omitió el ejercicio de las competencias derivadas de su cargo", afirmando que debió proceder a la mayor prontitud a la propuesta del reequilibrio económico del contrato que se adjudicó en marzo de 2005 para la construcción y explotación de este hospital. De este modo, en 2008 se modificó el contrato pasando de ser dobles a individuales las 135 habitaciones sin que se abriera procedimiento administrativo para ello.
Principio de culpabilidad
Sin embargo la magistrada responde que De Mingo (entonces directora de Planificación de la Consejería de Sanidad) no especificó en su interrogatorio en sede judicial si la resolución del 28 de mayo de 2008 fue a iniciativa del órgano de contratación, Viceconsejería de Asistencia Sanitaria o del Consejero de Sanidad. "El hecho de que Esperanza Aguirre, Juan José Güemes y Ana Sánchez Fernández fueran los máximos responsables de la Comunidad de Madrid, Consejería de Sanidad y del Órgano de Contratación en mayo de 2008 no justifica la atribución de la condición de investigados", responde la magistrada.
Al hilo añade la instructora que es un caso complejo puesto que la práctica totalidad de querellados forman parte de una estructura administrativa, como era el Gobierno de la Comunidad de Madrid. Ahora bien, entiende que en ningún caso puede desembocar en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que ostente la persona en cuestión, en referencia a Esperanza Aguirre. "De hacerlo así vulneraríamos de manera flagrante el principio de culpabilidad", sentencia en su auto.
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