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El juez llama a declarar a miembros de Vox por la agresión sufrida el pasado año en Marinaleda

Un año después de haber sido agredidos en un acto de Vox en Marinaleda, los miembros de Vox han sido citados por el Juzgado de Instrucción y Primera Instancia nº 1 de Estepa para declarar sobre los hechos ocurridos el 12 de mayo de 2023 en la localidad sevillana

  • Militantes de Vox y vecinos de la localidad sevillana de Marinaleda -

El próximo 21 de mayo, los miembros de Vox que el pasado 12 de mayo de 2023 sufrieron una agresión en Marinaleda durante un acto del partido, han sido llamados a declarar ante el Juzgado de Instrucción y Primera Instancia nº 1 de Estepa, con el fin de aportar más información sobre los hechos acaecidos.

Si nos remontamos a hace un año, Vox celebraba un acto de partido al que acudió Jorge Burxadé. Durante el transcurso del acto electoral de los de Abascal, el conductor de un vehículo hizo amago de atropello de los presentes en la acera dentro de la carpa. Dos de los participantes de los que se encontraban allí, uno de ellos de edad avanzada, tuvieron que apartarse de forma brusca para no ser atropellados por el vehículo. A partir de ese momento, golpes, insultos, amenazas e incluso uno de los agresores llegó a sacar una correa con la "clara intención" de emplearla contra los afiliados y simpatizantes de Vox.

Tras las investigaciones son tres los acusados

Los del partido de Abascal se querellaron contra dos los dos agresores por provocación y conspiración para la comisión de lesiones (art. 151 CP), con agravante por motivos ideológicos (art. 22.4ª CP); promoción y fomento de odio y hostilidad por motivos ideológicos contra los integrantes del partido VOX ( art. 510.1.a del CP); y perturbación grave del orden de un acto electoral (art. 147 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

Además, contra uno de ellos también se querelló la formación por lesiones con vehículo a motor en grado de tentativa en grado de tentativa (art. 148.1º CP). Lesiones físicas consumadas (art. 147 CP); coacciones con vulneración de derechos fundamentales: (art. 172.1.2º CP); amenazas no condicionales particulares: (art. 169.2); amenazas no condicionales a los miembros del partido Vox como grupo ideológico: art. 170.1 CP;  Daños a la propiedad (art. 263 CP). Todos ellos con agravante por motivos ideológicos (art. 22.4ª) y lesión de la dignidad de las personas por motivos ideológicos (art. 510.2.a CP).

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