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Malas noticias de la Seguridad Social a las empresas: 177 euros más por empleado a partir de esta fecha

Las empresas con trabajadores que cobren más de 60.000 euros al año deberán asumir un nuevo recargo, lo que ha generado inquietud entre pequeños negocios y pymes.

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Imagen de archivo de personas trabajando Europa Press

A partir de 2025, una nueva medida de la Seguridad Social comenzará a impactar también a las pymes y algunos pequeños negocios en España. La conocida como ‘cuota de solidaridad’, diseñada para sostener el sistema de pensiones, añadirá una carga adicional de hasta 300 euros más al año por empleado con altos salarios. Esta medida, aunque polémica, forma parte de los esfuerzos del gobierno para garantizar la estabilidad del sistema público de pensiones en las próximas décadas.

Este nuevo recargo, que ha sido calificado por algunos expertos como un "impuesto encubierto”, ha provocado un gran revuelo entre los empresarios, especialmente entre aquellos que manejan negocios pequeños y medianos, que deberán asumir este coste por cada empleado que supere los 60.000 euros anuales en ingresos. Los sectores más afectados serán aquellos con altos cargos o empleados en sectores de alto valor añadido, como los bufetes de abogados, despachos de arquitectos, cadenas de restauración y consultoras de seguros.

¿Qué es la 'cuota de solidaridad'?

La ‘cuota de solidaridad’ es una cotización adicional que deberán abonar los empleados cuyos salarios superen la base máxima de cotización. En 2024, dicha base está fijada en 4.720,5 euros al mes, pero para 2025 se ajustará conforme lo determinen los Presupuestos Generales del Estado. Esta cotización adicional será aplicable hasta 2045, con la finalidad de aliviar la presión sobre el sistema de pensiones. Sin embargo, no debe confundirse con el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que tiene como objetivo incrementar los ingresos para el fondo de pensiones.

La cuota se aplicará de manera escalonada en tres tramos, en función del exceso de salario sobre la base máxima de cotización. Los tramos son los siguientes:

  • Un incremento del 0,92% para los ingresos que se sitúen entre la base máxima de cotización y un 10% por encima de dicha base.
  • Un aumento del 1% para los ingresos que se encuentren entre un 10% y un 50% por encima de la base máxima.
  • Una subida del 1,17% para los ingresos que superen el 50% por encima de la base máxima de cotización.

Este nuevo mecanismo implica que, por ejemplo, una empresa que tenga un trabajador con un salario bruto de 7.500 euros mensuales, pagará hasta 281 euros adicionales al año por dicho empleado.

¿Cómo afectará a las empresas?

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, han adelantado que este recargo supondrá un sobrecoste para los negocios de hasta un 8% en 2045. Sin embargo, el impacto comenzará a sentirse a partir del próximo año, con las primeras cuotas anuales que rondarán los 280 euros por cada empleado con un salario superior a los 60.000 euros al año.

Este aumento en las cotizaciones ha encendido las alarmas entre los pequeños y medianos empresarios. En sectores como la hostelería, donde algunos cargos de gestión o dirección pueden superar los 60.000 euros anuales, el recargo será especialmente gravoso. Los expertos advierten que esta medida puede generar una carga adicional para las empresas en un momento en el que los costes laborales ya son elevados debido a otros factores como la inflación y los incrementos en los salarios mínimos.

Además, algunos sectores han calificado este nuevo impuesto como un 'golpe' a las pymes, que ya de por sí luchan con márgenes ajustados y que podrían ver sus balances comprometidos por esta nueva medida.

Ejemplo de aplicación de la cuota de seguridad

Para entender mejor cómo funcionará la cuota de solidaridad, es útil ver un ejemplo proporcionado por la propia Seguridad Social. Consideremos el caso de un trabajador que cobre 7.500 euros brutos mensuales, como hemos dicho anteriormente.

  1. En primer lugar, se aplicaría el recargo del 0,92% sobre los primeros 472,05 euros que exceden la base máxima de cotización (es decir, el 10% adicional), lo que resultaría en un pago de 4,34 euros mensuales.
  2. A continuación, se sumaría un 1% de cotización sobre la cantidad que va desde estos 472,05 euros hasta los 2.630,25 euros, es decir, 18,88 euros mensuales.
  3. Finalmente, se aplicaría un 1,17% para los ingresos que excedan el 50% por encima de la base máxima, lo que añadiría 4,90 euros mensuales más.

En total, estos recargos sumarían 337,44 euros anuales en concepto de cotización de solidaridad. De esta cantidad, la empresa deberá asumir 281,39 euros (es decir, el 83,39% del total), mientras que el empleado cubrirá el 16,61% restante.

Si aplicamos esta misma lógica, haciendo una regla de tres, a un trabajador que cobre justo por encima de la base anual de cotización (4.720,5 euros), el recargo sería de 176,84 euros anuales.

¿Qué dicen los expertos?

Varios analistas económicos coinciden en que esta medida es una forma de sostener el sistema de pensiones, especialmente en un contexto donde la población envejece y la presión sobre el sistema crece. Sin embargo, también destacan que esto supondrá un aumento de los costes laborales para las empresas, lo que podría traducirse en una menor contratación o incluso en ajustes en los salarios de los trabajadores.

Desde la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), alertan que esta medida afectará más a los pequeños negocios, que no cuentan con la misma capacidad financiera que las grandes empresas para asumir estos recargos.

En conclusión, la cuota de solidaridad se presenta como una medida necesaria para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones en España, pero al mismo tiempo supone un reto financiero para las pymes. A medida que se acerque el 2025, será clave para los empresarios analizar el impacto de este recargo en sus cuentas y tomar medidas para minimizar su efecto en la rentabilidad de sus negocios.

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