El Tribunal Supremo ya tiene trazada su hoja de ruta sobre la amnistía. La Sala Segunda del alto tribunal se prepara ahora para abordar la aplicabilidad de esta ley en dos causas clave para el independentismo catalán: el procés y la derivada de Tsunami Democràtic que afecta a Carles Puigdemont. Para ello, desgajará los delitos que se investigan en cada una de ellas con el fin de dar respuesta por separado.
Así lo confirman fuentes del alto tribunal a Vozpópuli, las cuáles indican que las actuaciones que se acuerden desde otras esferas no modificarán su calendario. Así pues, tras su publicación este martes en el BOE, los tribunales toman ahora las riendas de una respuesta que no necesariamente se tiene que traducir en la aplicación de la norma.
Aunque son muchos los tribunales que mantienen causas abiertas contra el independentismo catalán, el foco se ciñe en el Tribunal Supremo, no solo por ser el órgano jurisdiccional supremo, sino porque en él se ha seguido la gran causa del procés contra Carles Puigdemont, Oriol Junquera y otra docena de independentistas. A esta se añade unas segundas diligencias abiertas contra el líder de Junts huido de la Justicia por su "rol de liderazgo" en Tsunami Democràtic.
Tres delitos diferenciados
Así pues, el primer paso que dio el alto tribunal fue informar a las partes de la aprobación de la amnistía y pedirles informe en un plazo máximo de cinco días (10 en la causa por terrorismo contra Puigdemont) para que se pronuncien al respecto.
Se trata de un movimiento que se produjo también en órganos con causas que afectan al independentismo catalán (como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña) o la Audiencia Nacional, donde nació la causa contra Tsunami Democràtic en 2019. En ambos casos se está a la espera de que se pronuncien las partes, con especial celo en la postura de la Fiscalía.
Por su parte, el Tribunal de Cuentas anunció apenas horas después de publicarse la norma que interpondrá cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie en relación con cinco artículos de la ley impulsada por el PSOE, ante la sospecha de que podría confrontar el derecho comunitario.
El máximo órgano fiscalizador pone el foco en preceptos del Derecho de la UE que podrían verse vulnerados con la ley de amnistía y entre los que se encuentran la lucha contra el fraude y contra actividades ilegales que afectan a los intereses financieros de la Unión, así como los principios de cooperación legal, igualdad, seguridad jurídica o Estado de Derecho.
La hoja de ruta del Supremo
Las fuentes jurídicas consultadas por este medio indican que el Tribunal Supremo mantendrá su hoja de ruta, al margen de la actuación de este órgano judicial y ello pasa por abordar los delitos del procés (desobediencia y malversación de caudales públicos) y de Tsunami (terrorismo) de manera separada. Así pues, el análisis del encaje de cada uno de ellos en el texto de la amnistía da pie a que pueda dictarse una resolución distinta en función de cada delito.
En ese sentido los fiscales del procés ya han avanzado que se opondrán en el informe que remitan a Llarena a que se amnistía el procés por malversación. Los cuatro fiscales de Sala del Supremo entienden que este delito no tiene encaje en la nueva ley, especialmente a tenor de lo recogido en el artículo segundo, relativo a las excepciones de su aplicación y en apartado e. Este último determina que quedan excluidos de la nueva ley "todos los actos tipificados como delitos que afectaren a los intereses financieros de la Unión Europea".
Los fiscales del procés mantienen que mientras los delitos de desobediencia y desórdenes públicos tienen su encaje en la ley que redactó el PSOE con Junts y ERC, no ocurre lo mismo con la malversación. Los fiscales, que mantienen su criterio frente al del fiscal general del Estado, consideran que ni Puigdemont ni su equipo de Gobierno condenado por este delito pueden acogerse a la medida de gracia puesto que este desvío de dinero afectó a los intereses financieros de la UE.
Además, defienden que cometieron una malversación activa en tanto se apropiaron de fondos públicos de la Generalitat con ánimo de lucro propio y no de terceros. De hecho, estos fiscales trasladaron a Álvaro García Ortiz que mantendrán este criterio porque entienden que se constituyeron en autoridad para disponer de un dinero público para un beneficio propio, como fue la celebración del referéndum ilegal del 1-O
No decaen las medidas cautelares
El propio magistrado Llarena ya ha hecho hincapié en su providencia de este martes en que las partes se pronuncien especialmente sobre este precepto. Además, recordó a la Policía que la orden de detención contra Puigdemont y otros tres acusados fugados de la Justicia sigue vigente, mientras que en relación con la otra parte del procés, ya juzgada y condenada, las inhabilitaciones se mantienen sin tocar.
De esta forma, Oriol Junqueras seguirá por el momento sin poder volver a la política activa. El alto tribunal fijó 2031 como fecha límite de su inhabilitación, tras los indultos parciales que les otorgó el Gobierno de Pedro Sánchez con el criterio contrario del Supremo.
Ahora tanto Llarena como el tribunal del procés han dado cinco días para que las partes se pronuncien, aunque las fuentes consultadas no descartan que se tengan que prorrogar cinco días más este plazo. Susana Polo, instructora de la causa de Tsunami contra Puigdemont, ha fijado un plazo directo de 10 días.
En este tiempo no se tocarán ni las medidas cautelares ni las condenas acordadas contra los socios independentistas de Moncloa, lo que supone un primer revés para el Gobierno que buscaba un efecto inmediato de la ley que posibilitara el retorno de Puigdemont y permitiera volver a Junqueras a primera línea política. Lo fundamental ahora mismo para el Supremo es constatar si los delitos del procés tienen encaje en la nueva ley de amnistía.
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