José Ignacio Wert lo explicó, no muy elegantemente por cierto, esta semana: no habrá Ley de Mecenazgo, pero qué más da, como si lo fuera: "Es como si usted me dice que no se está atendiendo a las necesidades alimenticias de una persona porque en vez de darle un solomillo en un plato llano se le da en uno sopero. Se le da el solomillo y se le da en una ley que es igual de ley que una de mecenazgo, que es la reforma fiscal".
Así se refería el ministro de Educación, Cultura y Deporte a la suspensión de Ley de Mecenazgo que tanto prometieron los populares y que ahora entrará a formar parte de la Reforma Fiscal que capitanea el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro, quien ha pasado a comportarse como un ministro de cultura de hecho, en una de las materias más importantes para el sector junto con propiedad intelectual.
Wert y el Mecenazgo: "En vez de darle un solomillo en un plato llano se le da en uno sopero"
La noticia de la Ley de Mecenazgo -o la No Ley de Mecenazgo, como han señalado algunos periodistas- cayó como una jarra de agua fría para un sector que desde hace al menos dos años pide si no la bajada del IVA cultural, al menos sí algunos instrumentos legales que faciliten la creación y distribución de productos culturales. Según Wert, sin embargo, el asunto es un solomillo en plato sopero. Razón no le falta, por la cutrez –la del símil; la de la ley convertida en añadidura y triste ñapa-.
A falta de pan, buenas son las autonomías
Parece entonces que a falta de Estado, buenas son las autonomías. En los últimos meses algunas comunidades autónomas han puesto en marcha nuevos instrumentos. Una de las más comentadas ha sido, justamente, la de Navarra, que se acerca a países como Francia y el Reino Unido –la desgravación alcanza el 60% en uno y 75% en el otro- al ofrecer unas deducciones de hasta el 80 % para aportaciones privadas.
Poco antes de su entrada en vigor en enero de 2015, la Ley de Mecenazgo navarra establece deducciones de entre el 40% para particulares, el 50% para las empresas y el 80% para los primeros 150 euros, lo que deja en escasas las ayudas previstas por el Gobierno. Pero no es Navarra la única. La Comunidad Valenciana también ha decidido impulsar su propia legislación sobre el mecenazgo. El proyecto valenciano -cuyo anteproyecto fue aprobado en junio- prevé deducciones de hasta el 95% para las primeras cantidades donadas.
La Ley de Mecenazgo de Navarra ofrece hasta 80% de deducciones para aportaciones privadas
Andalucía también ha avanzado terreno en la confección de una normativa para impulsar el mecenazgo, que incluye deducciones adicionales del 15% en la cuota autonómica del IRPF hasta un límite de 240 euros.
La medida beneficiará a más del 80 por ciento de los contribuyentes andaluces y sus familias, ya que el límite que se fija en el tramo de renta es de hasta 45.000 euros en las declaraciones individuales y de 55.000 euros en las conjuntas. El anteproyecto, una de las primeras en discutirse, establece también reducciones de las cargas por transmisión de empresas y fórmulas de mecenazgo abiertas a toda la ciudadanía y orientadas especialmente al beneficio de las pymes.
La Ley prevé la creación del Consejo Andaluz de la Cultura, la regulación de la gestión descentralizada de las donaciones a instituciones culturales a la Junta y la constitución del Registro Andaluz de Colaboración Cultural, que facilitará la contribución de la ciudadanía al desarrollo de proyectos y empresas culturales.
¿Tan buena como aseguran?
Varios son los puntos –supuestamente- positivos que el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes destaca como tales en su mecenazgo travestido en reforma fiscal: en el ámbito del IRPF, aseguran que incrementa los porcentajes de deducción general del 25 al 30% con efectos desde el ejercicio 2016; se potencia, supuestamente, el micromecenazgo a través de dos tramos de deducción en el IRPF: los primeros 150 euros se aplica un tipo del 75% y en los restantes un tipo general del 30%.
España se rige por la Ley de Mecenazgo de 2002, con desgravaciones de hasta un 25% de IRPF
Sobre los supuestos apoyos que este instrumento –que no es ley, ni es reforma- aporta al cine: se habla de un aumento en las deducciones que no llega a ser tal. Se daba por sentado que las exenciones llegarían al 30%, tal y como se había manifestado en repetidas ocasiones. Estas quedan sin embargo en el 20% para el primer millón de euros recaudado y se mantienen en el 18 % actual para el resto. Vamos, que de cambios, más bien pocos.
Actualmente España se rige por la Ley de Mecenazgo de 2002, que permite a los particulares desgravar hasta un 25% de IRPF de lo aportado a instituciones artísticas, muy por debajo todavía de países como Francia (60%), Reino Unido (70%) o Italia (100%). En el caso de las empresas llega hasta el 35%.
¿Cómo es la legislación en el resto de Europa?
Cuando el gobierno de Mariano Rajoy comenzó su andadura, las propuestas desarrolladas en materia de una Ley de Participación Social y Mecenazgo barajaban unos objetivos de incremento de desgravación cercanos al 70% para las personas físicas mientras que, en el caso de las personas jurídicas, la base de deducción pasaría del 35 al 60%. Muy lejos quedó la realidad se semejantes aspiraciones. España es, de hecho, el país que menor desgravación ofrece para incentivar el mecenazgo.
- Reino Unido. Tanto las empresas como los particulares se pueden desgravar del impuesto de sociedades o de la declaración de la renta las donaciones dirigidas a financiar actividades artísticas, siempre y cuando éstas no tengan como objetivo producir ingresos directos al donante. A pesar de eso, las donaciones sólo supusieron el 16% del gasto en arte en el año fiscal 2009-2010, con una inversión privada de 658 millones de libras. Del total privado, el 55% provino de donaciones individuales, el 23% de donaciones de empresas y el resto de fundaciones. El monto por donaciones particulares llega hasta 70%.
- Italia. Empresas y particulares pueden convertirse en mecenas con grandes ventajas fiscales. Pueden llegar a deducciones del 100% en la declaración de la renta, cuando aporten cantidades a instituciones, proyectos o asociaciones volcadas en fines culturales.
- Francia. En 2003 se modificó la Ley de Mecenazgo. La nueva norma estipulaba una reducción del 66% de la suma de la donación en el IRPF en el caso de los particulares, dentro de un límite del 20% de la base imponible. Superado ese margen, el excedente se puede revertir en los cinco años siguientes. En el caso de las empresas, la reducción es del 60% en el impuesto de sociedades dentro de un límite del 0,5% de la facturación sin tasas, y el excedente también se puede revertir en los cinco siguientes ejercicios. En casos particulares, la deducción se dispara al 90%.
- Alemania. Puede que sea el caso más parecido al de España. Tanto las personas físicas como las empresas pueden deducir de los impuestos hasta un 20% de sus donaciones a instituciones o actividades de utilidad pública. En el caso de las empresas, pueden deducir sus donaciones como gastos de publicidad cuando obtengan una contrapartida de este tipo a cambio de patrocinio.
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