La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por el Congreso de los Diputados con 172 votos a favor y 144 en contra, entrará en vigor el próximo 1 de enero. A pesar de contar con una fuerte oposición por parte de las entidades de gestión y creadores, la reforma seguirá su curso.
Entre los cambios más resaltantes que registra el proyecto está el hecho de que extiende el límite de cita o reseña al ámbito de los agregadores de contenidos o buscadores de internet, de tal forma que establece el derecho de las empresas editoras de noticias a ser compensadas económicamente por la utilización de sus contenidos, una remuneración que será irrenunciable.
Este aspecto en particular ya ha motivado la rápida respuesta de Google: “Estamos decepcionados con la nueva ley porque creemos que servicios como Google News ayudan a los editores a llevar tráfico a sus sitios web. Por lo que se refiere al futuro, continuaremos trabajando con los editores españoles para ayudarles a incrementar sus ingresos mientras valoramos nuestras opciones en el marco de la nueva regulación”, aseguró la compañía en un comunicado difundido.
Google se pronunció al instante: "Estamos decepcionados con la nueva ley"
Mantiene de forma transitoria el pago de la compensación por copia privada –medida ampliamente criticada por Adepi-, que sustituyó al antiguo canon digital, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Permanecen amparadas por el límite de copia privada las reproducciones de CD o DVD comprados y las grabaciones de fuentes de televisión o radio para un visionado o escucha posteriores.
Respecto al uso de fragmentos de obras en la enseñanza e investigación permite la utilización gratuita de pequeños fragmentos de obras u obras aisladas de carácter plástico o fotográfico para ilustrar la enseñanza reglada (universitaria y no universitaria) y la investigación.
Cuando se trate de la reproducción parcial de obras y publicaciones protegidas para fines educativos o de investigación, más allá de pequeños fragmentos -por ejemplo, capítulos de libros o artículos de revistas-, no será necesaria una autorización expresa, aunque devengará una remuneración que se tramitará a través de las entidades de gestión.
Se regula un cuadro de infracciones y sanciones ante responsabilidades administrativas de las entidades de gestión.
Establece multas de hasta 600.000 euros para las web que tengan como principal actividad facilitar de manera específica y masiva la localización de contenidos ofrecidos ilícitamente de forma notoria e incumplan los requerimientos de retirada de los contenidos declarados infractores.
Asimismo, se regula un cuadro de infracciones y sanciones ante responsabilidades administrativas de las entidades de gestión por incumplimiento de sus obligaciones legales La Ley, al transponer una directiva europea, amplía el plazo de protección de los derechos de los artistas, intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas, de 50 a 70 años.
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