A veces basta un solo tuit para confirmar lo poco que sabes sobre las leyes de tu país. Por ejemplo, este de Jacobo Dopico, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid, donde nos informa sobre el segundo autobús de Hazte Oír, el que comparaba al movimiento feminista con la lógica nazi. Es de finales de febrero pasado y dice así: “El discurso político está especialmente protegido por las garantías de la libertad de expresión. Esto incluye el discurso político troglodita”. El alcalde de Valencia ordenó inmovilizar el vehículo cuando entró en la ciudad. La paradoja radica en que quienes piden libertad para los titiriteros, Casandra y Willy Toledo la niegan -por ejemplo- para los antifeministas (y viceversa).
¿Se está convirtiendo la libertad de expresión en un arma arrojadiza? “Los discursos políticos (incluso las propuestas extremas, incluso el fascismo) están especialmente protegidos. La propaganda política extrema (incluso la del fascismo) no puede ser prohibida por el carácter odioso de las ideas expuestas: los Estados no tienen el poder de determinar qué discursos son odiosos, prohibir emitirlos ni sancionar su emisión. De hecho, uno de los elementos que legitiman la especial protección de la libertad de expresión es precisamente el ser un presupuesto para el debate político necesario en una democracia. Autorizar al Estado a decidir qué discursos pueden ser prohibidos conduce, según la experiencia histórica, a regímenes no democráticos”, advierte Dopico. Tanto la extrema izquierda como la extrema derecha suelen desconfiar de las democracias liberales, pero recurren a los tribunales de estas con tal de callar al contrario. El fenómeno se ha disparado en España en los últimos años.
El discurso político está especialmente protegido por las garantías de la libertad de expresión.
Esto incluye el discurso político troglodita. https://t.co/cmeGP7sHpC
— JacoboDopico. @jacobodopico.bsky.social (@JUc3m) February 28, 2019
Paso atrás judicial
¿Dónde podemos señalar el centro de esta turbulencia? “Desde 2013-2014 hemos asistido a una breve pero intensa oleada de persecuciones penales jurídicamente incomprensibles (Cassandra, Titiriteros, Strawberry, Dani Mateo …) que han apelado a conceptos como "discurso del odio" o "incitación/provocación al odio" en contextos absolutamente injustificados. De hecho, recientemente estos excesos han sido admitidos de modo tácito por una Fiscalía que ha comenzado a reelaborar en sentido restrictivo sus criterios de persecución de estos delitos; incluso hay fuerzas políticas que han hablado de la necesidad de reconfigurar estos preceptos para evitar que se repitan estos indeseables sucesos”, nos recuerda Dopico.
¡Imaginen por un momento lo que hubiese pasado si esta joven hubiese querido reabrir el debate sobre la justificabilidad del tiranicidio en este caso, como hizo Martin Amis en 2008 en Granada
El problema era grave: “Los caso mencionados no reunían ninguno de los requisitos que permiten al Estado sancionar actos expresivos "incendiarios". Nadie puede sostener con seriedad que, en el caso de Títeres desde Abajo, unos calcetines con ojos representando en esperanto unos títeres de cachiporra hubiesen incitado tácitamente a matar curas, monjas o jueces, y que hubiesen incrementado el riesgo de que esas agresiones tuviesen lugar. No puede entenderse que los arcaicos chistes sobre la muerte del penúltimo presidente del Gobierno de la dictadura franquista que contaba la joven Cassandra fuesen un atentado a la solidaridad que merecen las víctimas del terrorismo punible con dos años de prisión y siete de inhabilitación absoluta”, añade. “¡Imaginen por un momento lo que hubiese pasado si esta joven hubiese querido reabrir el debate sobre la justificabilidad del tiranicidio en este caso, como hizo Martin Amis en 2008 en Granada, sin que a ningún iluminado se le ocurriese mandarle detener!”, remata.
En realidad, lo que está permitido o no legalmente tiene que ver con instrumentos que la mayoría desconocemos. Por ejemplo, el test de Brandenburgo. “Los Tribunales Constitucionales de nuestro entorno y el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos han señalado que los discursos incendiarios sólo pueden ser prohibidos y criminalizados cuando supongan una incitación idónea para mover a terceros a cometer actos lesivos contra otras personas y además incrementen el riesgo de tales actos, contra miembros de grupos en una situación de discriminación o exclusión de tal intensidad que basta una palabra incitadora como para 'prender la llama' de la conducta de terceros. Por poner un ejemplo banal: el discurso incendiario contra los finlandeses del sur en España carece del más mínimo efecto peligro, pues no constituyen una minoría en riesgo de discriminación o exclusión. Sin embargo, ese mismo discurso dirigido contra otros grupos -por ejemplo, inmigrantes norteafricanos- sí genera riesgo de acción de terceros”, apunta.
¿Cómo se realiza, entonces, la delicada operación de medir ese riesgo? “Se han intentado distintas aproximaciones. Una de ellas es el test de Rabat (por el Plan de Rabat ONU), que atiende a tal efecto al contexto, la posición del hablante, su intención, el contenido y forma de la expresión, su extensión (alcance, naturaleza pública, magnitud, tamaño del auditorio...). Desde la izquierda, se han defendido indistintamente las rimas del rapero Valtónyc y sus proclamas entre canción y canción incitando a matar guardias civiles. “Que una expresión forme parte de una canción no supone una 'regla mágica' que lleve a excluir de principio la posibilidad de que pueda constituir un delito. No obstante, en todos los delitos cometidos mediante actos expresivos (las injurias, las amenazas... y también la incitación a la violencia, el odio y la discriminación) debe atenderse de manera esencial al contexto, como elemento dotador de sentido. Y obviamente, una canción publicada suele ser un contexto muy importante para la determinación de sentido. Por poner un ejemplo claro y extremo, no es lo mismo el contexto de una batalla de gallos de hip-hop que una llamada telefónica anónima. El 'gangsta rap' y las rimas contra la policía son otro ejemplo de contexto: la pregunta sería si "How To Kill a Cop" (Ill Bill) y "Cop Killer" (Body Count) son incitaciones idóneas a la comisión de asesinatos de policías”, apunta el catedrático.
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