LaLiga ha logrado esta semana otra sentencia condenatoria contra la página web ‘iptvplaystar.com’, a través de la cual se comercializaba un de televisión a través de IPTV, proporcionando ‘listas M3U’, las cuales permitían a los clientes acceder al visionado de contenidos protegidos, careciendo de la autorización o licencia por parte de sus legítimos titulares.
Según informó este miércoles, el Juzgado de lo Penal nº13 de Madrid celebró la vista por el juicio oral frente al administrador de la página web ‘iptvplaystar.com’, en la que el acusado ha reconocido los hechos imputados y se ha conformado con la acusación, habiendo sido condenado por delitos del Código Penal contra el mercado y los consumidores (artículo 286) y contra la propiedad intelectual (artículo 270).
En concreto, la sentencia le condena a la pena de prisión de un año y seis meses y a la pena de multa de 16 meses a razón de una cuota diaria de 5 euros, con responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. Igualmente, además de eliminarse el acceso a las páginas web relacionadas en los hechos, el administrados ha sido condenado a la inhabilitación especial para realizar cualquier tipo de actividad relacionada con la creación y gestión de páginas web y con la administración servidores y hosting, y venta de productos electrónicos durante el tiempo de la condena.
Por último, el acusado deberá indemnizar a LaLiga y a Mediapro en la cuantía de 5.436,68 euros y se le imponen las costas en la cuantía 1800 euros.
Auto pionero
LaLiga destacó que esta sentencia se suma a las medidas cautelares que hace unas semanas dictó el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Cieza contra una conocida app, que también proporcionaba el acceso a fútbol pirata a través de “listas m3u”, en un auto pionero e innovador de gran transcendencia para los titulares de derechos de propiedad intelectual en general y para LaLiga en particular,
En concreto, el Juzgado acordó: la retirada de la aplicación de las tiendas virtuales o “stores” de los principales suministradores de aplicaciones móviles; inhabilitar o impedir a los usuarios de sus “stores” que hubieran descargado la APP el acceso a la aplicación; y cesar de forma inmediata en el abono de las comisiones devengadas por las descargas de la versión de pago de la aplicación.
El auto, tras un recurso previo interpuesto por LaLiga, también estableció el abono por parte de los administradores de la app de los rendimientos generados por la publicidad en la aplicación, si los hubiera.
Por ello, considera que esta resolución judicial supone un paso “trascendental” para la protección de los derechos de los titulares de contenidos de propiedad intelectual, “así como para impedir la continuación de los efectos delictivos y el lucro de los responsables de las conductas punibles”.
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