El Tribunal Supremo ha condenado al periodista deportivo José María García -famoso en la década de los 80 y 90 por sus programas de radio, entre ellos el conocido 'Supergarcía en la hora 0'- por graves insultos que profirió en 2011 contra el presidente del Real Madrid, Florentino Pérez.
Fue durante una entrevista que le hizo el periodista Pedro J. Ramírez en el programa de VEO Televisión La vuelta al mundo, en la que García acusó a Florentino Pérez de ser "el presidente más corrupto del fútbol español", "mala gente" y "perverso".
García comparó al mandatario madridista con las ratas, le acusó de presionar a los medios de comunicación para que le tratasen con benevolencia, le llamó "censor" y le responsabilizó de haber gestado en la antigua ciudad deportiva del Real Madrid una "maniobra fraudulenta" de naturaleza urbanística, "el mayor escándalo de la democracia".
Florentino Pérez le demandó y el Juzgado de Primera Instancia número 35 de Madrid condenó a García a 120.000 euros por atentar contra el honor del constructor, en una sentencia que la Audiencia Provincial de Madrid rebajaría posteriormente a 12.000 en un pronunciamiento posterior.
García presentó recurso de casación y la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto desestimarlo, confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial, por entender que la protección del derecho al honor debe prevalecer frente a la libertad de expresión cuando se emplean "expresiones ofensivas innecesarias para poner de manifiesto una opinión o crítica, que podría ser legítima, pero que puede formularse sin necesidad de acudir al insulto, dado que el derecho a la libertad de expresión no reconoce un pretendido derecho al insulto".
"Basta el examen de las expresiones utilizadas por el demandado, que se tienen por ciertas, para comprobar que más allá de denunciar un supuesto caso de 'corrupción', lo que podría estar justificado por el derecho a la libertad de expresión y de información, afectando además a un personaje público, se vierten expresiones que claramente atentan -gratuita e innecesariamente- contra el honor del demandante como son las de 'mala gente' y 'perverso', así como la comparación con las ratas, lo que implica menosprecio y lesión en la dignidad del afectado", señala el Supremo.
Para el Alto Tribunal, se trata de expresiones absolutamente innecesarias para poner de manifiesto una opinión, información o crítica que podría ser legítima, pero que igualmente puede formularse sin necesidad de acudir al insulto; siendo así que, si tales actuaciones no encuentran respuesta adecuada en Derecho, lo que se está propiciando es una espiral acción-reacción en la que el ofendido quedará legitimado para contestar con un insulto mayor al recibido, en una escalada sin límite carente de cualquier justificación.
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