El informe del Tribunal de Cuentas, realizado por iniciativa del Pleno, pretendía estudiar los sistemas de gestión de la AEPSAD, a través de la valoración del cumplimiento de sus objetivos, así como la eficacia de los medios de control previstos en la normativa que regula de este tipo de administración institucional.
Entre sus conclusiones, destaca el incumplimiento del diseño estructural y funcionamiento de la AEPSAD, ya que ésta debería estar configurada como un centro gestor cuyo funcionamiento estuviera basado en la consecución de una serie de objetivos y el establecimiento de unos procedimientos de evaluación sobre su cumplimiento.
Sin embargo, la Agencia "carece de objetivos mensurables y de indicadores para su evaluación, salvo en el área específica correspondiente al Laboratorio de Control de Dopaje, cuyo objetivos vienen determinados y son controlados por la Agencia Mundial de Control del Dopaje", señala la nota del Tribunal de Cuentas.
Asimismo, la Comisión de Control del Consejo Rector de la entidad "no se ha reunido nunca durante el periodo fiscalizado". Sin embargo, A pesar de esta inexistencia "de objetivos" y de "reuniones", los directivos siempre cobraran el complemento máximo vinculado a la productividad.
Por otra parte, el análisis señala que la AEPSAD carecería de un contrato de gestión, a pesar de que éste es un elemento clave para el desarrollo de su actividad como agencia estatal.
En cuanto al área de contratación de la Agencia, de convenios de colaboración y otros compromisos de gestión suscritos por ella, el informe recoge que, en la muestra analizada, se refleja una adecuada gestión administrativa.
Sobre las incidencias en materia de igualdad, el análisis concluye que no se han cumplido las previsiones legales y estatutarias en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres en cuanto a la composición del Consejo Rector de la entidad.
Por ello, el Tribunal de Cuentas ha formulado una serie de recomendaciones como, entre otras, la de instar a los Ministros de Educación, Cultura y Deporte y de Hacienda y Administraciones Públicas, así como al Presidente y al Director de la Agencia la aprobación inmediata de un Contrato de Gestión de la Agencia para la misma.
Éste debería de contemplar unos objetivos claros, unos indicadores adecuados para su medición y unos métodos de valoración de resultados. También se señalan las consecuencias que llevarían aparejadas al incumplimiento de los mismos y los procedimientos para hacerlas ejecutivas.
"De esta forma, se podrían desarrollar las previsiones legales y estatutarias que exige el formato de Agencia Estatal, como condición imprescindible para que puedan operar los mecanismos de control previstos en la normativa", concluye el comunicado.
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