La Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que obliga a las administraciones públicas a mantener un déficit cero a partir de 2020, ha entrado en vigor este martes, 1 de mayo, tras su publicación el día anterior en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este objetivo es más estricto que el pactado por PP y PSOE en verano de 2011 en la reforma de la Constitución para controlar el gasto público, que contempla un déficit estructural máximo del 0,4% del PIB.
El texto introduce la deuda pública como criterio de sostenibilidad presupuestaria, con un límite del 60% del PIB, y la obligación para todas las administraciones públicas de presentar equilibrio o superávit computado en términos de SEC a partir de 2020, por lo que ninguna podrá incurrir en déficit estructural a partir de esa fecha.
Con la nueva ley, el déficit estructural del 0,4% incluido en la Constitución sólo será admisible en caso de que las AAPP esté llevando a cabo reformas estructurales con efectos presupuestarios a largo plazo o en situaciones excepcionales, como catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria.
Para alcanzar estos objetivos, el proyecto contempla que la deuda pública se reducirá siempre que la economía nacional registre una tasa de crecimiento real positiva. En caso de aumento del 2% del PIB o creación de empleo neto en términos anuales, la ratio de deuda se reducirá anualmente, como mínimo, en dos puntos del Producto Interior Bruto.
En la misma línea, el déficit estructural del conjunto de las administraciones deberá reducirse un 0,8% del PIB nacional en el promedio anual, hasta alcanzar el déficit cero en 2020. Antes de lograr este objetivo, en 2015 y 2018 se revisará la progresión de déficit y deuda.
Techos de gasto
Además, todas las administraciones deberán aprobar un techo de gasto, similar al que ya aprueba la Administración Central, consistente con el objetivo de estabilidad, y el gasto público no podrá aumentar por encima de la tasa de crecimiento del PIB, de acuerdo con la normativa europea.
La norma contempla la prioridad absoluta de atender los intereses y el capital de la deuda pública frente a cualquier otro gasto, tal y como establece la Constitución.
El incumplimiento de los objetivos de déficit exigirá la presentación de un plan económico-financiero que permita la corrección de la desviación en el plazo de un año. Dicho plan deberá explicar las causas de la desviación y las medidas que permitan retornar a los límites.
Sanciones del 0,2% del PIB
En caso de incumplimiento del plan, la administración incumplidora deberá constituir un depósito retribuido del 0,2% de su PIB nominal, que a los seis meses podrá convertirse en multa en caso de que los incumplimientos se reiteren. Pasados nueve meses, el Ministerio de Hacienda podrá enviar una delegación para valorar la situación económico-presupuestaria de la administración en cuestión.
En realidad, se trata de una forma de intervención de las cuentas públicas, pero no supone la suspensión de competencias autonómicas, sino que será algo similar a lo que sucede en la UE con los países que han sido intervenidos.
El cumplimiento de los objetivos se tendrá en cuenta para autorizar emisiones de deuda, conceder subvenciones o suscribir diferentes convenios, y las sanciones impuestas a España por la UE en materia de estabilidad serán asumidas por la administración responsable.
Conocer los presupuestos antes de su aprobación
Antes de llegar a situaciones de incumplimiento del déficit, la ley también refuerza el principio de transparencia y, por ello, cada administración deberá dar información sobre las líneas fundamentales de sus presupuestos antes de aprobarlos. Además, se amplía la información a suministrar para mejorar la coordinación en la actuación económico-financiera de todas las administraciones.
Según el Gobierno, ésta es una de las grandes reformas estructurales que vendrá a reforzar la estructura institucional de España, mostrando que hay unos controles establecidos para asegurar el cumplimiento del déficit.
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