Economía

Los abogados más temidos en Hacienda: "El impuesto a los ricos caerá, como el Modelo 720"

Cuando se cumplen 10 años de su denuncia del Modelo 720 ante la Comisión Europea, Alejandro del Campo y Esaú Alarcón auguran que los conflictos del impuesto a grandes fortunas llevarán a eliminar Patrimonio

"El impuesto a los ricos caerá, como el Modelo 720", auguran Alejandro del Campo (Ciudad Real, 1966) y Esaú Alarcón (Barcelona, 1976). "El Modelo 718 [del impuesto a grandes fortunas] se acerca al 720", advierten. Vozpópuli ha reunido a Del Campo, socio de DMS Consulting, que denunció la declaración de bienes en el extranjero ante la Comisión Europea, y a Alarcón, socio en Gibernau, uno de los mayores expertos en este régimen, este jueves 23 de febrero, en el día en que se cumplen 10 años de la denuncia y cuando acaba de hacer un año de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que ha tumbado el Modelo 720. El 14 de marzo, además, vence el plazo para reclamar responsabilidad patrimonial del Estado.

Del Campo y Alarcón se conocieron en el procedimiento contra el Modelo 720, en 2015, cuando iba a entrar en vigor la normativa CRS de intercambio de información tributaria entre países. Del Campo, que trabaja en Palma de Mallorca, recuerda cómo registró la denuncia en la sede de la Comisión Europea en Madrid en febrero de 2013, cuando todavía no se hacía de forma telemática y conserva el sello.

"Un tema de pura fe, desde el minuto uno, hemos visto tan absolutamente claro que el Modelo 720 tenía que caer. No tenía ninguna duda. Ni siquiera cuando el abogado general de la UE salió por peteneras y publicó unas conclusiones en las que validó o no le pareció mal la imprescriptibilidad", cuenta Del Campo sobre cómo vivió un proceso lleno de dilaciones, que duró nueve años.

Pura fe. Desde el minuto uno, sabíamos que el Modelo 720 tenía que caer. Incluso con todos los retrasos"

Para Alarcón, "hubo dos momentos de incertidumbre, objetivamente. Aunque nosotros lo veíamos de forma subjetiva, el procedimiento de infracción se alargó demasiado. Por la incertidumbre política en España, no se formaba gobierno y se pidieron aplazamientos, y por las conclusiones del abogado general, pero tenía bastante tranquilidad, creíamos que jurídicamente iba a caer".

Alarcón, profesor de Derecho Tributario en la Universidad Abat Oliba, acaba de publicar Teoría y práctica del Modelo 720. Declaración informativa de determinados bienes y derechos en el extranjero (Wolters Kluwer Legal & Regulatory España). "El problema de los procedimientos de infracción es que los incoa la Comisión Europea con el objetivo de salvaguardar los Tratados, pero la Comisión es un primus inter pares, tampoco puede atacar a los Estados de forma muy agresiva, da muchas garantías a los Estados. De dos meses que se establecen para el dictamen motivado, tardó más de dos años", explica.

Cuando se aprueba el Modelo 720 que promovió Cristóbal Montoro, además, España estaba en una situación presupuestaria complicada y la Agencia Tributaria (AEAT) sacaba pecho de su efecto a la hora de aflorar miles de millones de euros de bases imponibles escondidas en paraísos fiscales. "Todas esas estadísticas en su día sirvieron para que la AEAT se mirara en el espejo y se viera muy bien, pero todo eso no viene del Modelo 720", advierte Alarcón. "Se dio la circunstancia meramente casual de que la entrada en vigor del Modelo 720 coincidió con la del sistema CRS de Obama, la obligación de dar información de cuentas bancarias todos los países contra el terrorismo. EEUU empezó con Rubik con Suiza, luego fue Fatca, que se convirtió en el sistema multilateral CRS. Todos esos países que conocemos como paraísos empezaron a dar la información vía CRS. Si no hubiera existido, nadie hubiera dado información. Lo que coadyuvó a los contribuyentes a presentar el 720 fue el CRS, los bancos advirtieron a sus clientes".

Todas esas estadísticas de Hacienda sobre miles de millones aflorados en paraísos sirvieron para que se viera bien en el espejo, pero no venían del 720 sino de CRS"

Hubo dos hitos que empujaron el proceso, cuenta Del Campo: que España se puso a dar tiros en 2015, no hubo actuaciones hasta entonces, y la mayoría no era contra españoles con cuentas en el extranjero, sino extranjeros residentes en España. En noviembre de 2014, unos británicos acudieron al Parlamento Europeo, al Comité de Peticiones, a relatar sus vicisitudes con la Hacienda española, y le invitaron a hablar. "Estaban los representantes de la Comisión que estaban con la investigación. Conté al Comité que había denunciado a mi país porque en España los crímenes que no prescriben eran el terrorismo, el genocidio y tener bienes en el extranjero y no presentar en plazo la declaración informativa. Me reconocieron que veían clara la infracción del Derecho comunitario, pero que las autoridades españolas les habían transmitido que no lo iban a aplicar de una forma muy dura, que iban a ir caso por caso, relativizándolo", relata.

"Hasta que no empiecen a aplicar un régimen sancionador tan brutal no podemos hacer nada, pero si lo hacen, avisadnos y tomaremos cartas en el asunto", se comprometieron. A mediados de 2015, irrumpió el caso de Manuel Molina, un comercial de Granada que había trabajado en Suiza, al que se le aplicó el Modelo 720, y una inspección exprés de dos meses le supuso una multa de 439.000 euros por sus ahorros de 200.000 euros. Seleccionaron a 7.000 contribuyentes para aplicarles todo tipo de sanciones, y las formales, especialmente a todos los extranjeros que declararon fuera de plazo, de 100 euros por dato, con un mínimo de 1.500. Como el caso de Mary, una británica a la que se impuso multa formal de 125.000 euros.

"Todo lo que íbamos viendo, se lo contábamos a la Comisión. En noviembre, enviaron la carta de emplazamiento, actuaron muy rápido cuando España empezó a actuar", resume Del Campo.

El Modelo era cuestionado desde dentro. Todos los autores que escribieron artículos técnicos decían que era una aberración, inspectores como Eduardo Sanz Gadea y Francisco de la Torre, recuerda Alarcón. "Cuando terminó el plazo de la amnistía, y ante la evidencia de que vulneraba el Derecho comunitario, había un proyecto para modificarlo, pero estalló el escándalo Pujol en 2014, Montoro compareció de urgencia en el Congreso, y allí acabó la posibilidad de cambios".

"Viajé en enero de 2014 a Luxemburgo por el proceso contra la discriminación de España a no residentes en Sucesiones. Desde Tributos, que estaban trabajando en la denuncia, me reconocían que no lo veían, eran perfectamente conscientes, pero con el escándalo Pujol no pudieron suavizar el Modelo", rememora Del Campo.

Sólo hubo un intento, de Ciudadanos, con Francisco de la Torre, de introducir una modificación, añade Alarcón.

Los pleitos

"En el libro cuento la situación pasada, hago propuestas de lo que creo que debería ser la mejora de la normativa y analizo las situaciones afectadas por el Modelo, tanto las que están recurridas como las que no, qué posibilidades hay de recuperar el dinero, haciendo de aprendiz de brujo", cuenta el socio de Gibernau, que cree que se recuperará, pero advierte de que Hacienda pone pegas.

Hay dos escenarios en el 720. Los que habían litigado en vía administrativa o judicial y los que lo tenían firme. Estos pueden ir por procedimiento especial, quienes han pagado y ha prescrito o no y quienes han pagado sanciones formales y no han recurrido. "No hay ninguno que haya acabado, normalmente te dicen que no. Tengo un procedimiento bastante avanzado de sanción formal que inicié de forma inmediata tras la sentencia, es mucho dinero, una sanción formal de 150.000 euros, pagó y no impugnó, tengo el pálpito de que la AEAT admitirá la nulidad", cuenta Alarcón.

La mayoría de casos están en curso. Del Campo traslada que hay que tener en cuenta que en muchos casos se apuraron los plazos, no se pidió devolución inmediata, sin que prescribiera.

"Hacienda cumplió su palabra y a los que regularizaron fuera de plazo no los citó para inspección, pero a los pocos meses de pagar el IRPF, el Departamento de Gestión advirtió de que se había presentado fuera de plazo declaración extemporánea, y se le debía el 15% de recargo más intereses de demora. Era dinero, 130.000, 200.000, 300.000 euros de recargos. Empezaba la batalla contra los recargos", explican, pero no solicitaban devolución. Los recargos han ido a los tribunales, las devoluciones, al TEAC. Ahora los tribunales están anulando recargos de manera más ágil, trasladan, aunque Alarcón constata que están teniendo "problemas para que devuelvan, con requerimientos, ponen pegas. He tenido que poner algún incidente de ejecución, pero bueno, son las reglas del juego".

Donde más rápido y eficiente están devolviendo es en los tribunales de Justicia. Hacienda pone pegas"

Donde más rápido y eficiente se está consiguiendo la devolución es en los tribunales de Justicia; desgraciadamente, muchos casos se han visto afectados porque se intentaron dilatar en vía administrativa, y en tribunales hay pocos, transmiten.

"Ponen pegas, automáticamente no devuelven en ningún caso, has de acreditar la prescripción. Lo más patológico lo vemos en casos que vienen de inspección y te llega un requerimiento pidiendo información, cuando en teoría ya tienen todo", da cuenta Alarcón, que recuerda que caso de una señora de Tarragona con 400.000 euros en Andorra que recibió sanciones formales por 4 millones de euros, y después de padecer una inspección aún le vino un requerimiento pidiendo información. "Ya le han devuelto, no ha sido fácil", cuenta.

Responsabilidad patrimonial

El 14 de marzo vence plazo para reclamar responsabilidad patrimonial del Estado por el Modelo 720, se cumple un año desde la publicación en el Diario Oficial de la UE. Alarcón señala que los casos por responsabilidad patrimonial acaban de empezar, normalmente se apura el plazo. Ha presentado algunos, no del 720, de plusvalías. "Aunque el TJUE se ha cargado el régimen, por prudencia hay que presentarlo, ya acaba el plazo de un año que establece la ley de Montoro. Una vez que se reclame, se resuelve en acuerdo del Consejo de Ministros que lo denegará e irá al Supremo.

En la responsabilidad patrimonial, Hacienda tiene que interpretar la sentencia y ver qué modifica. Desde luego el TJUE ha establecido que el plazo de un año y de cinco años es incorrecto, hay situaciones en que no se necesita sentencia de Luxemburgo para declarar la responsabilidad. No es necesario un acto administrativo para que exista responsabilidad, puede venir de la propia ley, explican.

Del Campo es partidario de pedir responsabilidad patrimonial por el Modelo 720. Una de las dos últimas responsabilidades que ha pedido afecta a un contribuyente al que Hacienda descubre dinero en EEUU, y en el 720 establece que una parte es ganancia patrimonial no justificada. Hay acta con acuerdo y le hacen pagar antes de firmarla. Otro caso es el de una señora que pagó, autoliquidó y no pidió devolución en cuatro años, no hay actuación administrativa, con lo que el daño no es de la inspección sino de la ley. "Yo veo la responsabilidad patrimonial, soy optimista".

En cambio, Alarcón no ve la responsabilidad patrimonial en este caso, considera que hay que haber agotado las instancias previas, al menos un tiro en instancia judicial. Has intentado discutir acto aministrativo, has llegado al Juzgado y ha dicho que no, ése le parece el origen de la responsabilidad patrimonial.

"Pero el TJUE ha tumbado ese requisito", advierte Del Campo. "Por ser una situación transitoria, pero en teoría exigiría haber agotado las instancias previas", apunta Alarcón, que, sin embargo, "no ve descartable que prospere porque se dan dos circunstancias concomitantes muy curiosas, el 720, más la sentencia del 28 de junio de responsabilidad patrimonial". "Nos ha abierto la puerta para ir por ahí", responde Del Campo.

La responsabilidad patrimonial también la reformó Montoro y ha acabado cayendo, como los pagos fraccionados, la reversión de deterioros en Sociedades, la amnistía. Están también ahora en el TC los coeficientes de actualización de inmuebles, repasan.

Valor de referencia y grandes fortunas

Sobre la gestión del Ministerio de Hacienda de Pedro Sánchez destacan el cuestionamiento del valor de referencia y ahora del impuesto de grandes fortunas. Del Campo traslada que "en Baleares es un problemón el valor de referencia, con extranjeros comprando inmuebles con alta capacidad adquisitiva, con lo que suben los precios, lo que comunican los notarios al Catastro para el valor de referencia, y los no extranjeros se encuentran que se valora muy alto el piso y no pueden pagar Sucesiones".

Los tribunales se cargarán el valor de referencia por su confiscatoriedad"

"Es grave que en compraventas se aplique. De 80.000 euros por un apartamento en Cataluña, el valor de referencia supone 120.000, el contribuyente no tiene posibilidad de pagarlo", cuenta Alarcón.

"De momento no ha llegado el valor de referencia al Supremo, tardará mucho, se lo cargarán, como el 720", coinciden, y señalan que se debe atacar el quebranto de la capacidad económica y que hay que llevar a los tribunales como punta de lanza los casos patológicos de verdad, de confiscatoriedad evidente. Lo mismo respecto al impuesto a grandes fortunas, para que se haga una interpretación conforme a la Constitución o enviarlo al TC. Ya existían estos problemas en el Impuesto de Patrimonio, ahora aún más, entienden.

Los conflictos por grandes fortunas llevarán a replantearse la existencia de Patrimonio"

Como ejemplo de caso patológico en Patrimonio, Del Campo relata que llevó al TSJ de Baleares el de una heredera de solares, una vivienda habitual y una sociedad que daba pocos dividendos. Cada año tenía que pagar entre el 80% y el 90% de sus rentas en Patrimonio, y para pagar tenía que ir vendiendo los solares. "A la Hacienda balear no le pareció suficiente y abrió inspección considerando que había elementos improductivos, amparándose en una sentencia del Supremo de 2011 que dijo que las obras de arte son improductivas si no las alquilas, y no se aplica el escudo. Le calcularon el doble de cuota de Patrimonio, el 240% de sus rentas pagó un año, es el caso patológico perfecto", relata. Hace seis meses una consulta de Tributos dijo que la vivienda habitual no es improductiva.

Alarcón y Del Campo advierten de que "grandes fortunas es una especie de 720. El 718 se acerca al 720". El socio de Gibernau augura además que "puede hacer que Patrimonio desaparezca en España, llevar a un replanteamiento del Impuesto de Patrimonio: los mismos males, la confiscatoriedad que estamos comentando de grandes fortunas, los tiene Patrimonio".

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