Acciona es una de las 12 empresas sancionadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por crear un cártel que controlaba las licitaciones de conservación y explotación de carreteras entre 2014 a 2018. Una acusación en la que la multinacional de los Entrecanales alega que tienen mucho que ver 'las reglas del juego' marcadas por la Administración para estos procesos.
"Varias empresas, y en particular Acciona Mantenimiento, Alvac y Copasa, han alegado que las directrices emanadas de la Administración convocante de las adjudicaciones, relativas a 'contener una espiral de bajas', habrían actuado como factor determinante de las conductas investigadas", explica la CNMC en el informe de 363 páginas para justificar esta sanción de 61,2 millones que incluye a otras empresas como ACS, Ferrovial o Sacyr.
Del total de esta cuantía, Acciona tiene una multa final de 2,3 millones. La empresa que lidera la familia Entrecanales considera que "la participación de la Administración les habría generado la confianza suficiente para entender que, con su actuación, no solo no estaban transgrediendo las normas de defensa de la competencia en perjuicio de la Administración, sino que estaban actuando en beneficio de ésta y, en última instancia de los usuarios y los contribuyentes", detalla la CNMC.
En concreto, esta alegación liderada por Acciona hace referencia a las recomendaciones realizadas por la Administración en la reunión mantenida el 2 de julio de 2014 por la Dirección General de Carreteras con representantes de Asociación de Empresas de Conservación y Explotación de Infraestructuras (ACEX) y empresas miembros de la misma. Un encuentro donde la Administración habría trasladado, entre otros mensajes, la conveniencia de limitar las bajas a un máximo del 20% del presupuesto de licitación con el fin de evitar una espiral susceptible de poner en peligro la adecuada ejecución de los contratos.
Acciona ha preferido no hacer ninguna valoración al respecto de este proceso ante la pregunta de Vozpópuli. Por otro lado, este medio ha intentado contactar con representantes del resto de empresas afectadas por esta denuncia de la CNMC. Una propuesta de intervención en este artículo que ha sido denegada, ya que la gran mayoría están trabajando con sus equipos judiciales para defenderse de una acusación que fuentes cercanas consideran "absolutamente falsa y desacertada".
Acciona, ACS, Ferrovial... "quedaban a tomar café"
El cártel que formaban empresas como Acciona, ACS, Ferrovial o FCC se desarrollaba a través de reuniones “para tomar café”, según explica la CNMC en el expediente. Estas empresas pactaban en estos encuentros los criterios de coordinación de las ofertas económicas a presentar en las licitaciones del Ministerio de Fomento. Unas licitaciones que estaban enfocadas en los servicios de explotación y conservación de la Red de Carreteras del Estado.
El organismo regulador asegura que estos acuerdos se desarrollaron entre 2014 y 2018, pactaron el 70% de las adjudicaciones de este perfil y lograron repartirse 503 millones de euros. El cártel asignaba una “bolsa” de puntos para cada grupo de licitaciones que se iban consumiendo por las empresas en función del nivel de descuentos sobre el presupuesto de contratación. Cuando mayores fueran las bajas que presentasen en sus respectivas ofertas económicas, más puntos se gastaban, aplicando una fórmula específicamente diseñada por el cártel para cada grupo de contratos.
El objetivo era limitar el número de contratos en los que las empresas presentaban descuentos altos en cada grupo de licitaciones, ya que el número de puntos de la bolsa nunca era suficiente como para tratar de conseguir todos los contratos de cada grupo.
Concentrar esfuerzos
Los 'cafés' de estas empresas denunciadas por la CNMC se llevaban a cabo para concentrar sus posibilidades de adjudicación en un número limitado de licitaciones, presentando en las restantes ofertas con escasas o nulas posibilidades de adjudicación, convirtiéndose así en ofertas de cobertura.
ACS, Acciona, Sacyr, FCC o Ferrovial pactaban, según el organismo que preside Cani Fernández, el umbral de descuentos para esas ofertas de cobertura y se comprometían a presentar ofertas en todas las licitaciones de cada grupo. De este modo, el presunto cártel conseguía alterar el umbral de anormalidad (calculado sobre la base de las ofertas presentadas en cada licitación) y podían conseguir que ofertas de empresas ajenas al cartel realmente competitivas fueran excluidas del proceso de contratación.
El sofisticado sistema diseñado por las empresas, según detalla la CNMC, se fue adaptando a los sucesivos cambios en los pliegos de contratación introducidos por la administración. La mecánica empleada por el cártel resultaba particularmente compleja, facilitando la monitorización de su cumplimiento a la vez que se dificultaba enormemente su detección.
La Administración, libre de sanción
Pese a las dudas que han planteado algunas empresas sobre el papel de la Administración, el consejo de la CNMC está atado de pies y manos para actuar contra ella. ¿El motivo? Es la Dirección de Competencia del organismo la encargada de instruir el caso y, según se desprende del expediente, ha decidido no fiscalizar la actuación de las administraciones en este caso.
El consejo de la CNMC solo puede operar en base a la documentación elevada por la Dirección de Competencia y decidir sobre ellos. Si la dirección decide excluir a las Administraciones Públicas de su investigación, el consejo no puede aprobar ninguna sanción contra ellas. No obstante, en el expediente queda claro que tiene sospechas de que su actuación pudo no ser ejemplar: “El hecho de que la administración contratante hubiese realizado manifestaciones en las que cuestionara una supuesta excesiva agresividad de las bajas económicas, o incluso hubiese realizado una recomendación de evitar bajas superiores al 20 podría, de haberse producido, ser cuestionable desde una perspectiva de competencia”, señala el consejo. “Esta conducta no sería coherente con la normativa de contratación, que ofrece a la administración herramientas suficientes para garantizar que las ofertas no ponen en riesgo la ejecución de los contratos licitados”.
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