La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha decidido archivar una reclamación interpuesta por 21 mujeres que fueron grabadas orinando en un espacio público durante una romería en Galicia con una cámara oculta. Las grabaciones fueron publicadas posteriormente en varias páginas web de adultos. Sin embargo, no ha podido eliminar los videos de todas las webs.
En rel documento, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, se explican los motivos por los que se puso la denuncia, asegurando que las imágenes "fueron grabadas con una cámara oculta mientras [las mujeres ] orinaban en la calle durante el transcurso de una romería popular celebrada en Galicia, celebrada en el mes de julio de 2019. Las imágenes fueron publicadas en diversos sitios web de contenido pornográfico y de descarga de archivos. Los hechos fueron denunciados ante la Guardia Civil, acompañándose copia de las diligencias fruto de la labor investigadora realizada por la compañía de Burela (Lugo)".
La reclamación fue firmada por las 21 mujeres en junio de 2021. La Guardia Civil procedió a eliminar los videos de varios sitios web de pornografía algunos de los videos, pero, tal y como refleja el documento, no logró retirar la grabación de todos.
En total, se detectaron videos en las webs xhamster.com, vouyeurpapa.com, fap18.net, rapidgator.net, xvideos.com, videospublicsex.com, pissrip.com y fboom.me. El documento de la resolución explica que no se ha podido determinar quién se encuentra detrás de https://pissrip.net, y que no se ha podido retirar el contenido de ese sitio.
Respecto a los contenidos que continuaban publicados al presentarse la reclamación, se ha conseguido eliminar el contenido publicado en el sitio web https://rapidgator.net. Sin embargo, no se ha podido eliminar el contenido del sitio web https://pissrip.net".
"Lo lógico hubiera sido iniciar un procediendo de sanción por infracción del artículo 6 del RGPD contra dicha sociedad británica, para lo que hubiera sido necesario trasladar la denuncia a la Information Commissioner’s Office, ya que con la salida de Reino Unido tras el Brexit, lo que aplica aquí no es el sistema de Información del mercado interior sino lo establecido en la decisión de ejecución 2021/1773 de la Comisión Europea por la cuál se garantiza la protección adecuada de los datos personales por parte del Reino Unido", explica el experto en Protección de Datos Gonzalo Oliver.
Oliver añade que "una de las herramientas con las que cuentas mujeres que sean víctima de la difusión de contenido sensible sin consentimiento es el Canal Prioritario de la AEPD, un sistema que tiene como objetivo dar una respuesta rápida en situaciones excepcionalmente delicadas".
No se encontró el responsable de PISSRIP.NET
"Se desconoce quién es el responsable del sitio web PISSRIP.NET, no existiendo ninguna clase de texto legal identificativo. La única vía de contacto posible parece el formulario sito en https://pissrip.net/index.php?do=feedback&user=1. La consulta al registro de WHOIS revela que el dominio se registró utilizando los servicios de la panameña URL SOLUTIONS INC., que tiene designado representante en la UE (en Chipre)", explica el documento acerca de la web de la que no se puede eliminar el contenido.
En los párrafos finales se explica dónde se ha vulnerado el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). "La imagen física de una persona, a tenor del artículo 4.1 del RGPD, es un dato personal y su protección, por tanto, es objeto de dicho Reglamento. El artículo 4.2 del RGPD, define «tratamiento» como: “cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales o conjuntos de datos personales, ya sea por procedimientos automatizados o no, como la recogida, registro, organización, estructuración, conservación, adaptación o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o cualquier otra forma de habilitación de acceso, cotejo o interconexión, limitación, supresión o destrucción"
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