Economía

La AEPD ve indicios de ilegalidad en el sistema de cámaras para exámenes de UNIR

Inicia investigaciones para determinar la legalidad del método utilizado por la Universidad Internacional de La Rioja

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ve indicios de vulneración de la ley en el sistema de cámaras de la universidad UNIR (Universidad Internacional de La Rioja) para la realización de exámenes, por lo cual investigará el método utilizado por el centro educativo para los exámenes de febrero de este año.

"A tenor de la información preliminar de la que se dispone, se aprecian indicios racionales de una posible vulneración de las normas en el ámbito de las competencias de la Agencia Española de Protección de Datos, sin perjuicio de lo que se determine en el curso de la tramitación", refleja la resolución, a la que ha tenido acceso Vozpópuli.

La HUxIR (Asociación de Estudiantes Universitarios x la Defensa de los Derechos Fundamentales) denunció hace unas semanas a la UNIR ante la Agencia Española de Protección de Datos por la instalación de un sistema de control con doble cámara en los exámenes. Una de estas cámaras puede ser la de un tablet o un móvil si el alumno no tiene otra aparte de la del ordenador, explica la universidad.

El objetivo del sistema de cámaras, según UNIR, es cumplir con las recomendaciones marcadas por el Ministerio de Universidades para que la enseñanza y los títulos tengan la mayor calidad posible. Desde la UNIR aseguran que ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación), organismo adscrito al Ministerio de Universidades, recomienda el uso de una segunda cámara para controlar que no se copie en los exámenes. Esta segunda lente se utiliza para vigilar la estancia en la que se realiza la prueba, colocada de tal suerte que pueda analizarse lo que sucede alrededor del examinado.

No es la primera vez que un sistema de este tipo es motivo de controversia. El año pasado HUxIR ya denunció a UNIR ante la AEPD por la utilización de un sistema de reconocimiento facial denominado Smowl. Los estudiantes ganaron la denuncia

No obstante, la Agencia Española de Protección de datos ha decidido investigar el sistema de cámaras, como decimos al ver indicios de que se haya podido vulnerar la ley. Y eso a pesar de que UNIR argumenta que "se ha suspendido el uso de la tecnología de reconocimiento facial y han habilitado un sistema alternativo que le permite cumplir adecuadamente con sus funciones, consistente en un proceso de revisión manual realizado por personal del centro. No tratan, por tanto, categorías especiales de datos". Sobre la utilización de la doble cámara, el centro educativo sostiene que "la finalidad es proporcional y claramente identificada, siendo esta la correcta evaluación de los conocimientos de los estudiantes.

El sistema únicamente afecta a los alumnos, los datos recabados son los mínimos necesarios para realizar adecuadamente el tratamiento, y no implica la recogida o tratamiento de datos adicionales con respecto al sistema de cámara única. No solo eso, sino que, por el contrario, se reducen considerablemente las posibilidades de fraude".

“UNIR cumple todas y cada una de las recomendaciones que establece la Secretaría General de Universidades y las indicaciones contenidas en las memorias de verificación aprobadas por el Consejo de Universidades. De igual modo, hará suyo cualquier pronunciamiento que emita la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). A día de hoy, la AEPD no ha trasladado a UNIR ninguna indicación sobre el uso de la doble cámara en los exámenes, sistema que cumple con las recomendaciones emitidas por los organismos anteriormente mencionados para garantizar el rigor y fiabilidad de la evaluación de los estudiantes, a los que UNIR nunca va a renunciar", explica Rubén González, vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado de UNIR.

La AEPD ya tumbó el anterior sistema

No es la primera vez que un sistema de este tipo es motivo de controversia. El año pasado HUxIR ya denunció a UNIR ante la AEPD por la utilización de un sistema de reconocimiento facial denominado Smowl. En la denuncia, la asociación estudiantil explicó que se vulneraba la privacidad de los alumnos, pese a que estos dieron permiso para que la app accediera a sus datos biométricos para ser identificados en la prueba.

En ese caso el organismo responsable de hacer que se cumpla el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) dio la razón a los denunciantes. Se tumbó el reconocimiento facial en UNIR. La página web de Smowl destaca que su software se ha desarrollado "pensando en la importancia que tiene la privacidad de sus usuarios/as y cumpliendo con todas las garantías exigidas en la normativa europea en materia de protección de datos de carácter personal".

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