Cerca de 10.000 pasajeros verán afectadas sus vacaciones de Semana Santa por la huelga de la compañía Air Nostrum convocada por el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla), que se suma a los paros que desde el pasado viernes mantiene el personal de seguridad del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.
Los paros de 24 horas convocados en Air Nostrum comienzan hoy y se desarrollarán hasta este miércoles día 17, para repetirse los días 23 y 24 de abril. De momento, en los tres primeros días de huelga se han cancelado 148 vuelos.
Desde la página web reclamador.es recuerdan los derechos que tienen los pasajeros que se vean afectados y han insistido en que las personas afectadas deben exigir o bien el reembolso de su billete o bien la reubicación en otro vuelo para llegar a su destino.
"Lo primero que tienen que hacer es acercarse a la ventanilla de la aerolínea en el aeropuerto para pedir una reubicación lo antes posible, pero no deben olvidarse de que además de la reubicación pueden pedir una compensación de 250, 400 o 600 euros, dependiendo de la distancia de su vuelo", ha explicado la responsable legal del departamento de aerolíneas de reclamador.es, Juliana Siqueira.
Reclamar otras pérdidas o gastos
Siqueira insiste en que es fundamental conservar toda la documentación relativa al viaje, como es el caso de gastos relativos a hoteles o incluso "un concierto al que no hayan podido ir". "Todo lo que ya esté pagado y no puedan disfrutar por culpa de la huelga", ha señalado.
En relación a la indemnización económica, desde reclamador.es matizan que existen diferencias dependiendo del tipo de huelga por la que se haya visto afectado. Si la huelga es de pilotos, tiene derecho a recibir una indemnización si, por consecuencia de la huelga, el vuelo sufre un retraso de más de tres horas o termina por verse cancelado. La indemnización que se puede reclamar es de 250, 400 o 600 euros, en función de la distancia del vuelo, recuerda la compañía online.
Si, por su parte, la huelga es de personal de seguridad del aeropuerto, se considera fuerza mayor y no se podría reclamar una indemnización. Si la huelga es de trabajadores de handling, hay dos casos: si el 'handling' es de la propia compañía, es reclamable, y si el servicio lo presta un tercero (como el personal del aeropuerto), no es susceptible de indemnización, explica reclamador.es
Si el vuelo finalmente se cancela como consecuencia de la huelga de pilotos de Air Nostrum, también tiene derecho a que la aerolínea reembolse el precio del billete u ofrezca un transporte alternativo. Esto quiere decir que, además de la indemnización, la compañía aérea tiene la obligación de devolver el importe del billete de avión o de ofrecer un transporte alternativo para llegar al destino.
Air Nostrum, que ha lamentado los "inconvenientes causados" y ha agradecido a los clientes su "comprensión", anunciará esta próxima semana el listado de vuelos cancelados para los paros de los días 22, 23 y 24 de abril.
El Ministerio de Fomento ha establecido que los servicios mínimos entre España y el extranjero sean del 47% los días 15, 16, 17 y 22 de abril y del 45% los días 23 y 24 para los que superen las cinco horas y para los que unan aeropuertos españoles con ciudades extranjeras; mientras que los servicios mínimos de los vuelos domésticos serán del 31% los días 15, 16, 17 y 22 de abril, y del 29% los días 23 y 24, y del 100% en las islas.
Air Nostrum recuerda que los servicios mínimos contemplan el 100% de los vuelos con origen o destino Baleares, Canarias y Melilla y de los vuelos en Obligación de Servicio Público (OSP) en territorios peninsulares (Almería-Sevilla, Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona).
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