Economía

El Estado también podrá entrar en el capital de Air Europa sin la intervención de Bruselas

El Gobierno ha diseñado la ayuda pública a la aerolínea de tal manera que no tendrá que rendir cuentas a la Comisión Europea, ni siquiera si se acaba convirtiendo la deuda en una participación accionarial 

La Comisión Europea no deberá intervenir en el rescate a Air Europa por 475 millones de euros, ni siquiera si el Estado acaba entrando en el capital de la compañía si ésta no hace frente a sus deudas. El Gobierno ha diseñado la ayuda pública a la aerolínea de tal manera que podrá evitar rendir cuentas a Bruselas.

En primer lugar, el Gobierno logró la aprobación de la Comisión Europea el pasado 31 de julio al Fondo de Rescate, dotado con 10.000 millones de euros. y, según informan desde la propia Comisión, "son los países de la UE quienes deciden si un esquema aprobado bajo el Marco Temporal de la Comisión debe apoyar empresas específicas y asegurar que las condiciones y las salvaguardas de esos esquemas se cumplen".

En este sentido, sólo las ayudas de recapitalización a empresas -a través de acciones o instrumentos híbridos de capital como derechos de participación en beneficios, participaciones sin voto u obligaciones convertibles garantizadas o no garantizadas- y por encima de los 250 millones tienen que ser notificadas a Bruselas de forma individual para su valoración y aprobación, según consta en la normativa europea.

El Gobierno ha dividido su ayuda a Air Europa en dos préstamos distintos (uno participativo de 240 millones y otro ordinario de 235 millones). El primero de ellos es un instrumento híbrido con tipos de interés preferenciales fijados por la Comisión Europea y, como su propio nombre indica, "participa" en los beneficios o pérdidas de la empresa.

Bruselas sólo debe autorizar la entrada en el capital cuando la conversión supere los 250 millones de euros

La principal diferencia radica en que el préstamo tradicional es un pasivo de la empresa, es decir, una deuda frente a terceros; mientras que el participativo se considera patrimonio neto a efectos de la reducción de capital y liquidación de sociedades, ofreciendo más oportunidades de recuperación. Además, este préstamo tiene carácter subordinado, es decir, que será el penúltimo en liquidarse, sólo por delante del cobro por parte de los socios.

Fuentes financieras explican que los préstamos participativos suponen menos burocracia, más rapidez y menor coste para convertir deuda en capital; pues no es necesario cambiar la naturaleza del acreedor, que ya participará en los beneficios o pérdidas de la empresa durante el tiempo que dura el préstamo. La otra opción es la ampliación de capital social con cargo a la deuda pendiente que se tiene mediante compensación de créditos. 

En estos casos Bruselas ya debería intervenir, pero fuentes conocedoras de la situación explican a Vozpópuli que si no supera el límite de los 250 millones, no tiene obligación de hacerlo. "Si los préstamos se convierten a acciones u otros productos híbridos, en el momento de la conversión es cuando se debe solicitar autorización de la Comisión Europea, siempre que dicha conversión supere el límite de los 250 millones de euros", indican las mismas fuentes.

El participativo no supera el límite

De momento, no existe una entrada en el capital de la empresa por parte del Estado pero es una baza con la que Air Europa y el Gobierno cuentan si finalmente la compañía es incapaz de devolver el dinero ante la falta de ingresos. El sector no espera recuperar los niveles de actividad previos a la pandemia al menos hasta el año 2024 y los dueños de Air Europa tienen hasta 2026 para amortizar la totalidad de los préstamos. 

Fuentes del sector temen que Air Europa, con su capacidad operativa bajo mínimos por los efectos que la pandemia ha tenido en la aviación y sin reservas para sobrevivir más allá de las próximas semanasno tenga capacidad para devolver la totalidad de estas ayudas en el plazo de seis años y cumplir sus compromisos con el Gobierno. 

El beneficio de la aerolínea en los últimos tres ejercicios (entre 2016 y 2018) apenas suma 51,3 millones de euros, una décima parte de su deuda con el Estado, según las cuentas consultadas por este medio a través de la herramienta InsightView. Además, las condiciones del préstamo van endureciéndose, con un interés fijo y, en el caso del participativo, una remuneración variable en función de cómo evolucione el negocio (si la empresa no obtiene beneficios, puede ser cero).

La solución más lógica para los expertos pasa por convertir el préstamo participativo en acciones sin el control de la UE, al no alcanzar el umbral

Los expertos consultados por este medio apuntan que si la familia Hidalgo no puede devolver la ayuda a tiempo, la solución más lógica pasaría por convertir el préstamo participativo en acciones -con el que el Estado ya 'participa' en la empresa y asume casi el mismo riesgo que un socio- y nacionalizar la aerolínea sin el control de la Unión Europea -al no alcanzar el umbral-. 

El Gobierno ya informó a Vozpópuli de que no debía rendir cuentas a Bruselas sobre el rescate al no superar ninguno de los préstamos el umbral de los 250 millones, a partir del cuál se debe aportar información detallada al Ejecutivo comunitario. Una vez la Comisión Europea aprobó el Fondo de Apoyo formulado por el Gobierno, es el Estado mismo quien debe verificar que las normas se cumplen. 

Por el momento, el acuerdo firmado con la compañía da al Gobierno poder de control e intervención en decisiones estratégicas, como las reestructuraciones laborales o la venta a Iberia. Entre otras medidas, elegirá quién ocupará dos de las sillas en el Consejo de Administración de Air Europa y podrá consensuar al propio consejero delegado (CEO). 

De momento, la competencia mira con recelo este rescate. La aerolínea Ryanair anunció el pasado viernes que ha presentado ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) un recurso contra el rescate de Air Europa. La compañía irlandesa llevará a "los tribunales europeos todos los casos" en los que se "concede ayuda estatal" que "contravenga la legislación" comunitaria, en particular, aquellos que socaven los "principios de no discriminación y libertad para ofrecer servicios".

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