La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por Ángel Ron, expresidente del Banco Popular, contra la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que acordó no iniciar ningún procedimiento sancionador contra Allianz por desvelar al juez Fernando Andreu los datos de la póliza que tenía mientras presidía la entidad.
Según consta en la sentencia consultada por Vozpópuli, fechada hace menos de un mes, Ron abrió un frente judicial contra la AEPD después de que la entidad decidiese no sancionar a Allianz por enviar al juez información de la póliza que permitió a Andreu ordenar el embargo de 2,9 millones de su pensión.
La sentencia recuerda que Allianz decidió de motu proprio trasladar al juez la información sobre la póliza de Ron después de que se hiciese pública la querella presentada contra el presidente del banco por su gestión. “Dada la notoriedad de la querella presentada (…) y que dio lugar a la formación de la presente causa, y ante la posibilidad de que pudiera llegarse a entender que la prestación de pago derivada de la póliza a favor del asegurado constituya una retribución derivada de su cargo como Consejero del Banco Popular y, llegado el caso considerada ilícita, como el resto de conceptos salariales objeto de investigación, se ha optado por comunicar estos hechos al Juzgado ", señaló la aseguradora en un escrito dirigido al tribunal.
Esta decisión generó un enorme malestar en Ron y sus asesores, que interpretaron que Allianz había vulnerado la ley de protección de datos al facilitar esa información al tribunal. Ron había solicitado a la aseguradora el cobro de esta cantidad y, sin comunicárselo previamente, trasladó al juzgado la información de la póliza, algo que Ron considera irregular. La AEPD rechazó sancionar a la aseguradora al entender que Allianz está amparada por el deber de colaboración con la justicia y obró correctamente.
Ahora, la Audiencia Nacional ha respaldado la actuación de la AEPD y de Allianz al considerar acreditado que “no concurren pruebas concluyentes, y ni siquiera indicios, de la existencia de vulneración alguna de la normativa de protección de datos”. De hecho, la sala señala que Allianz “no solo tenía la potestad, sino la obligación de poner en conocimiento del Juzgado Central de Instrucción la existencia de la póliza de seguros de rentas de supervivencia en cuya relación de asegurados se encontraba” el expresidente.
“Procede, por ello y sin necesidad de mayores consideraciones, dictar un pronunciamiento íntegramente desestimatorio de la demanda, con confirmación de la resolución de no iniciación de procedimiento sancionador dictada por la AEPD”, concluye la Sala de lo Contencioso.
Esta sentencia de la Audiencia Nacional es paralela a otra dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que ha dado la razón al banquero en su guerra con Santander por el cobro de 12,8 millones por su prejubilación. La entidad cántabra recurrirá al Supremo al entender que Ron no cumplió con los objetivos exigidos para cobrar esta remuneración dado que el banco entró en quiebra poco después.
Fuentes de la defensa de Ron señalan a este diario que no descartan presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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