Carpetazo de la Audiencia Nacional a la pretensión Ángel Ron, expresidente de Banco Popular, de levantar el embargo sobre los 2,9 millones de euros que tiene custodiados en Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros. La Sala de lo Penal de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación presentado por el expresidente al considerar que el embargo de esta parte de su pensión está justificado.
En un nuevo auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli y contra el que no cabe recurso alguno, los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma y Juan Francisco Martel dan un nuevo golpe judicial a Ron, pues estiman íntegramente el auto redactado en abril -tras un primer recurso de Ron- por el juez Fernando Andreu, instructor del caso en la Audiencia Nacional, en el que se reafirmaba sobre su decisión de embargar, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, parte de la pensión del expresidente.
En el documento, los magistrados tumban uno a uno los argumentos esgrimidos por la defensa de Ron, en cuyo recurso alegó que la decisión de embargar los fondos depositados en Allianz se había tomado de forma improcedente -al no haber sido informado en audiencia previa de las razones de urgencia que exige la Ley-, que era una medida inoportuna por haberse decretado en una fase temprana de la instrucción y que carecía de los presupuestos legales necesarios para ser considerada como "cautelar".
Postura de la Sala
La sala aprecia que, en el marco de la pieza separada que investiga la gestión del expresidente por presunta estafa en la ampliación de capital de 2016, existen "indicios de criminalidad" en la gestión de Ángel Ron al frente de Popular, así como riesgos de retardo en el procedimiento judicial, que justifican la decisión cautelar de Andreu de embargar, en una fase temprana de la instrucción, la pensión del expresidente.
La Audiencia cree que existen "indicios de criminalidad" que justifican el embargo de la pensión
"La decisión del instructor no ha de posponerse a la fase de conclusión de las actuaciones sumariales de investigación, pues puede decretarse desde el mismo momento en que existen indicios de criminalidad, sea el momento que sea [...] Nada impide que tales medidas cautelares se adopten en los meros inicios del proceso, tal y como ocurre con otra medida mucho más lesiva de derechos, cual es la de la prisión provisional", reza el escrito.
Además, los magistrados creen que la solicitud de la Fiscalía de omitir los trámites de audiencia previa con Ron están justificados por el hecho de que el pago de los 2,9 millones de euros por parte de Allianz se iba a hacer de forma "inminente", por lo que, en el tiempo en que se resolvía la cuestión, Ron podría "disponer a su parecer del dinero, realizando cualquier hipotética actuación que impidiera a los perjudicados recibir la indemnización" que podría estimar procedente el juez por las responsabilidades pecuniarias del expresidente.
Trascendencia
Consultado por la trascendencia de la decisión de la Audiencia Nacional, el despacho Unive Abogados, que representa a cientos de afectados por la resolución, explica que el embargo supone "magnífica noticia" para los perjudicados personados en el procedimiento penal, ya que "asegura que la cuantía de esta póliza se destine al resarcimiento de los perjuicios causados a los mismos como consecuencia de los hechos delictivos que se aprecien en una eventual sentencia".
En febrero, el embargo de la pensión generó un gran malestar en el entorno del expresidente de Popular, pues llegó tras un escrito al juzgado por parte de Allianz una vez que el propio Ron había solicitado el reembolso de los fondos.
La pensión de Ron también es objeto de disputa con Banco Santander, ya que la entidad presidida por Ana Botín le reclama la mitad de los fondos generados durante los 32 años que trabajó en Popular.
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