“Este 2013 será todavía un año duro para la banca”. El mensaje se rubrica desde todo el sector. Desde el supervisor hasta la entidad de menor tamaño. Los planes de reestructuración, la escasez de negocio y el inminente nuevo requerimiento de provisiones para cubrir los créditos mal clasificados en las refinanciaciones estresarán de nuevo las cuentas de resultados de los bancos hasta acercarlas, una vez más, al abismo de las pérdidas. Unos números rojos que pueden tener, por primera vez, un duro efecto en los bolsillos de los banqueros.
El Banco de España trabaja en una guía de retribuciones (está en fase de consulta pública hasta el próximo 17 de junio) que obligará a las entidades a reducir o incluso anular el bonus (parte variable) de sus directivos si no cumplen una serie de objetivos financieros. El supervisor no sólo podrá dejar sin retribución variable a un presidente o consejero ejecutivo en caso de que su entidad firme pérdidas, sino también si la evolución de ésta no tiene relación con las medias del sector o si existe reducción o desequilibrio en los ratios financieros de la entidad relativos a capital, liquidez, calidad de los activos o rentabilidad.
Para ello, el organismo que preside Luis Linde impondrá cláusulas “malus” que contemplen no sólo elementos de conducta o errores graves de la persona en cuestión, sino condiciones que permitan la minoración o incluso la anulación de la remuneración variable en función de un deficiente desempeño financiero de la entidad en su conjunto o de una división o área concreta de la misma o de las exposiciones generadas por esa persona.
La nueva regulación en la que trabaja el Banco de España será extensible a todo el sector. Hasta ahora, las limitaciones de sueldo de los directivos se reducían únicamente a las entidades nacionalizadas, según se estipulaba en el primer plan Guindos. Así, los directivos de las entidades controladas por el FROB percibirán 300.000 euros anuales, mientras que la limitación para los gestores de aquellas con ayudas públicas asciende a 500.000 euros, después de la revisión efectuada en agosto. Además, el bonus se encuentra reducido o eliminado, y se fija un tope máximo de dos años de salario para el cálculo las indemnizaciones.
Estas cláusulas “malus” endurecerán la normativa del Real Decreto 216/2008 que habilita al Banco de España para fijar criterios que permitan la contracción de la remuneración variable si la entidad presenta pérdidas. Ese mismo año, se fijó en una circular que el salario variable se reducirá de forma considerable cuando se obtengan resultados mediocres o negativos. Sin embargo, estas medidas no tenían el carácter de requerimiento, es decir, de obligado cumplimiento como sucederá con la entrada en vigor de este nueva guía.
Además, el Banco de España requerirá a las entidades que expliquen de una forma clara y detallada los criterios que han seguido para la concesión de un bonus a uno de sus directivos. Incluso, el supervisor se guarda el derecho de poder retirar el pago de la parte diferida o incluso la devolución de la ya abonada. En este caso, el directivo debe explicar cómo hará frente a dicha devolución.
Según la nueva guía, “la remuneración debe presentar una relación equilibrada entre los componentes fijos y variables. Esta proporción debe ir ligada a la consecución de los intereses a largo plazo de la entidad, así como el mantenimiento de una sólida base de capital y de unas adecuadas eficiencia, gestión de riesgos y rentabilidad”.
Linde también quiere limitar las pensiones de la banca para evitar las millonarias jubilaciones que han percibido los ex directivos de las cajas gallegas, catalanas o el Banco de Valencia. Sin embargo, a diferencia de las imposiciones que efectuará en los pagos de los bonus, los cambios en la política de pensiones sólo tendrán carácter de recomendación, por lo que no tendrán obligado cumplimiento.
Así, el Banco de España quiere que las entidades modifiquen las aportaciones a los planes de pensiones para adecuar los pagos a los resultados del grupo financiero y acabar con las aportaciones fijas como sucede hasta ahora. De esta manera, al igual que sucede con los bonus, el supervisor es partidario de no realizar ninguna aportación en ese ejercicio. Además, el 50% de esta remuneración debe efectuarse en acciones, o instrumentos equivalentes, como los fondos de efectivo depositados en la entidad, que pueden llegar a estar retenidos durante cinco años.
Indeminzación máxima, dos años de sueldo
Linde también quiere poner un límite de dos años de salario fijo en las indemnizaciones de los banqueros, cuyo pago debe estar refrendado por los accionistas de cada entidad. La nueva guía requiere que se introduzcan “cláusulas que instrumenten el abono de dichos pagos en función de los resultados obtenidos en el transcurso del tiempo, de forma que no compensen los malos resultados”. De esta manera, quedarán sin efecto todas las indemnizaciones en caso de pérdidas, la inyección de ayudas públicas o la existencia de acuerdos para sustituir a los administradores por parte del FROB.
El colectivo que tendrá que cumplir todas estas exigencias está compuesto por consejeros ejecutivos y no ejecutivos; directores generales, generales adjuntos o asimilados y todos aquellos que tuvieran un contrato de alta dirección. Además, los responsables de las funciones de control de la entidad (como mínimo los de auditoria interna, cumplimiento de normativa o dirección de riesgos)
El Banco de España considera conveniente que la implantación de las políticas de remuneración coherentes se extiendan a todo el grupo económico. Se debe incluir, de esta forma, las retribuciones que pudieran provenir de otras sociedades participadas (por ejemplo, las retribuciones percibidas a título individual por pertenencia a consejos, en representación de los intereses del grupo)
Las prácticas y políticas en materia de retribución están siendo analizadas por distintos organismos internacionales, según reconoce el documento, con el objetivo de lograr una implantación consistente entre los distintos países. Estas iniciativas, especialmente a nivel europeo, pueden fructificar en posteriores desarrollos legislativos, guías o criterios adicionales, que podrían aconsejar al Banco de España actualizar el contenido de esta guía.
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