Un juzgado de Lérida ha condenado a Bankia a devolver a un matrimonio los 180.000 euros que invirtieron en participaciones preferentes de la entidad financiera entre 2007 y 2010, mientras que dos jueces de Mataró (Barcelona) han condenado a la misma entidad a devolver 100.000 en preferentes a un matrimonio que tenía una pastelería y 86.000 más a una mujer con alzheimer.
Así lo recogen los fallos de las diferentes sentencias a las que ha tenido acceso Europa Press y que se corresponden con demandas que está llevando la Asociación para la Defensa de los Perjudicados por Entidades Financieras (Apdef).
Una sentencia con fecha de 24 de julio del juzgado de Instrucción 3 de Lérida condena a Bankia a devolver 180.000 euros a un matrimonio de ancianos al declarar la nulidad del contrato de compra de participaciones preferentes.
Los mismo suceden en dos sentencias de los juzgados de Instrucción 2 y 3 de Mataró; el primero condena a la entidad bancaria a devolver 100.000 euros a un matrimonio que regentaba una pastelería, mientras que el segundo obliga a Bankia a devolver 86.000 euros a una mujer enferma de alzheimer; en este caso la demanda fue presentada por los herederos.
Todas estas sentencias son de finales de julio y también condenan a Bankia a pagar intereses y las costas del proceso; los tres casos corresponden a sentencias de primera instancia, por lo que cabe recurso.
Apdef está tramitando unas 800 demandas y tiene casi 300 en proceso, han explicado a Europa Press fuentes de la asociación, que desde mayo ha logrado más de diez sentencias favorables.
Cuenta con representantes en Girona, Barcelona, Lérida, Valencia y Madrid, y en julio presentó también las primeras demandas pidiendo la nulidad de la compra de acciones de Bankia que hicieron sus clientes en julio de 2011 por publicidad engañosa.
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