Economía

Bankinter pierde otra batalla judicial contra Ibersol por el alquiler de sus hoteles

La socimi de Bankinter ha vuelto a ser derrotada en los tribunales por la hotelera que consiguió aplazar la renta de dos alquileres, Ibersol. El juzgado de primera instancia número

La socimi de Bankinter ha vuelto a ser derrotada en los tribunales por la hotelera que consiguió aplazar la renta de dos alquileres, Ibersol. El juzgado de primera instancia número 27 de Valencia ha desestimado la demanda interpuesta por la socimi, Atom Hoteles Iberia, contra las sociedades Ibersol, Esclarsol e Iberstreet, todas ellas relacionadas con el grupo multimarca que, además de hoteles, es dueña de la cadena de restauración Eat Out.

Atom Hoteles llevó a Ibersol a los tribunales al considerar que Iberstreet había incumplido las obligaciones como arrendataria del hotel Ibersol Son Caliu Mar, solicitaba que se declarara resuelto el contrato de alquiler y pedía el desalojo del edificio, así como la condena a pagar más de dos millones de euros por "los daños derivados de la falta de ejecución de obras de mantenimiento y conservación del hotel". Asimismo, la socimi de Bankinter reclamaba "la obligación de entrega de información estipulada en el Contrato de Arrendamiento y requerida por la actora, a efectos de verificar los datos de facturación -a partir de la que se calcula la renta a abonar por Iberstreet-".

En su defensa, Ibersol defendió que el contrato firmado "no recoge la pretendida obligación de entregar cuanta documentación solicite la arrendataria, sino sólo a facilitar la información necesaria para verificar los datos de facturación, información que ha sido facilitada siempre por esta parte". Aseguraba la hotelera que no se debe cantidad alguna en en concepto de rentas, y reseñaba que "no puede la actora reclamar el pago de la renta variable del año 2019, cuando la misma todavía no se ha devengado ni es exigible".

La sentencia desestima la demanda de Atom contra el grupo hotelero y condena en costas a la socimi de Bankinter

En su explicación, Ibersol, representada por el despacho Penalba Abogados con la dirección letrada de Cristina Penalba, anotaba que la renta variable pactada en el contrato se devenga de forma anual, al finalizar cada año, y se abona en el mes de enero del año siguiente, momento en que ya pueden conocerse los datos de facturación de todo el ejercicio.

En cuanto a la obligación de mantenimiento y conservación del hotel, la defensa de Ibersol aseguraba que las únicas patologías que existen actualmente en el hotel, o bien son de carácter estructural, "y por lo tanto son obligación de la arrendadora", o bien "la mayoría ya existían cuando la arrendadora entregó el hotel a mi representada".

Tras el estudio de dos informes periciales aportados por las partes, "totalmente contrarios", la juez considera que el informe pericial de la actora (Atom) no tiene en cuenta la situación inicial del inmueble en el momento de la entrega. "La demandada si acredita que dicha situación, incluido con un informe desfavorable. Acreditada esta situación, la parte actora no prueba que se haya producido un deterioro mayor al esperado por el lógico paso del tiempo en las instalaciones", resume la sentencia.

Con todo, la sentencia, fechada el pasado 8 de noviembre, desestima la demanda de Atom contra las tres sociedades, las absuelve y condena en costas a la socimi de Bankinter.

La guerra entre Bankinter e Ibersol

La socimi de Bankinter acumula varias derrotas en su lucha con la hotelera Ibersol. A lo largo de la pandemia, la hotelera inquilina de Atom ha logrado aplazar el pago de la mitad de la renta mínima mensual de dos establecimientos de manera cautelar y hasta que se dicte sentencia. La cadena catalana recurrió a los tribunales hace más de un año para lograr esta rebaja en el alquiler ante la falta de acuerdo con su arrendador.

En junio de 2020 la hotelera consiguió que el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valencia aplazara el 50% de la renta del hotel Son Caliu de Mallorca de manera cautelar, tal y como informó Vozpópuli. Un año después, No obstante, la misma cadena volvió a recurrir a los tribunales para seguir el mismo proceso con otro de los hoteles arrendados a la socimi de Bankinter, el Antemare de Sitges (Barcelona).

En la última resolución publicada por Vozpópuli también se estimaba cautelarmente la petición de la hotelera. Sin embargo, la jueza desestimaba la solicitud de Ibersol de que se ordenara al propietario del inmueble (Atom) abstenerse de presentar una demanda de desahucio/resolución contractual/reclamación de cantidad” contra la cadena hotelera por falta de pago de las rentas.

En cualquier caso, la nueva sentencia desestima totalmente esta demanda presentada por la socimi de Bankinter, que pretendía la resolución contractual por supuesto incumplimiento del arrendatario y la condena al pago de más de dos millones de euros por la supuesta no realización de obras de mantenimiento y reparación.

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