El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este martes los recursos presentados contra el programa de compra de bonos de deuda soberana del Banco Central Europeo (BCE), aunque advirtió de que su puesta en práctica sólo es legítima bajo determinadas condiciones. La sentencia afecta al programa conocido como "Outright Monetary Transactions" (OMT), que fue anunciado en 2012 y contempla la compra de bonos de Estados en crisis de manera ilimitada para que esos países mantengan su solvencia. Aunque el OMT nunca ha llegado a aplicarse su sólo anuncio tranquilizó los mercados.
Los demandantes consideran que el OMT implica una intervención del BCE en los presupuestos nacionales y en la política económica. La intervención en la política económica, según los críticos, no está entre las competencias del BCE por no ser un organismo legitimado democráticamente. El propio TC, a comienzos de 2014, había expresado dudas acerca de la legitimidad del programa pero optó por consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declaró el programa de acuerdo a derecho lo que a la postre fue decisivo para la sentencia final.
El programa fue aprobado en 2012 pero hasta ahora nunca se ha puesto en marcha
Los jueces, en la explicación de su sentencia, admiten que siguen teniendo dudas pero que se sienten vinculados a la decisión del Tribunal europeo. Según el TC, con la decisión del Tribunal europeo implica que la puesta en práctica del OMT tendría que cumplir una serie de condiciones para no lesionar el derecho comunitario. Así, la compra de títulos de un país determinado no puede anunciarse con anterioridad, el volumen tiene que limitarse y entre la emisión de un título y su compra por parte del BCE tiene que pasar un plazo que debe fijarse.
Además, sólo se pueden comprar títulos de países que tienen acceso a los mercados para financiarlos y sólo excepcionalmente el BCE puede mantener un título de deuda soberana hasta su vencimiento, y los bonos tienen que volver a ponerse en el mercado cuando la intervención deje de ser necesaria. En caso de que el OMT llegase a ponerse en práctica, según el TC, el Gobierno y el Parlamento alemán (Bundestag) deberían observar las medidas concretas y en caso necesario deberán reaccionar adecuadamente.
Ante todo, el Bundestag debe analizar si una compra de bonos concreta pude llevar en el futuro a riesgos para los presupuestos alemanes. Durante el proceso que llevó a la decisión de este martes declararon, entre otros, el secretario de Finanzas alemán Jens Spahn y el directivo del BCE Yves Mersh quienes explicaron los límites del programa que, según ellos, se atienen a las condiciones fijadas.
No afecta al actual programa de bonos
Así, por ejemplo, Mersh explicó que el volumen de compra sería de hecho limitado pues sólo se comprarían bonos a corto plazo. Spahn, por su parte, dijo que los riesgos para los presupuestos alemanes sólo tienen que ver con posibles repercusiones sobre las ganancias del Bundesbank. Estas ganancias, según Spahn, sólo son una pequeña parte de los presupuestos alemanes lo que minimiza la queja de los demandantes de que existe una mezcla entre política fiscal y política monetaria.
Los jueces admiten que siguen teniendo dudas pero que se sienten vinculados a la decisión del Tribunal
La sentencia no afecta el actual programa de bonos del BCE, el Quantitative Easing (QE), que está en marcha desde marzo de 2015 y contra el cual hay otros recursos constitucionales. La sentencia del TC ha generado reacciones encontradas entre los economistas alemanes.
El director del instituto IFO de Múnich, Clemens Fuest, criticó la decisión y sostuvo que el OMT persigue claramente un objetivo propio de la política fiscal y no de la política monetaria y que la supervisión que se le encarga al Bundestag y al gobierno para que no se rebasen ciertos límites son como "tigres sin dientes". El catedrático Lars Feld, miembro del Consejo Asesor de Economistas del Gobierno, -los llamados "cinco sabios"- en cambio, la calificó de "decisión sabia" que evita una crisis institucional en la Unión Europea y, a la vez, señala límites a la acción de instituciones europeas.
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