Economía

Bruselas fuerza a España a evaluar los contratos públicos tras seis años sin hacerlo

La Comisión Europea (CE) ha forzado a España a regular antes de que acabe el año la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) para su puesta en marcha. Una oficina que

La Comisión Europea (CE) ha forzado a España a regular antes de que acabe el año la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) para su puesta en marcha. Una oficina que se ideó para evaluar la "sostenibilidad financiera" de los contratos de concesión al calor de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, pero desde entonces estaba pendiente la entrada en vigor de una orden ministerial de Hacienda que dotara a la ONE de la capacidad y los medios para el ejercicio de sus funciones.

La publicación de la orden reguladora de la ONE durante el último trimestre de 2021 era uno de los compromisos del Gobierno con Bruselas para desbloquear los fondos europeos, incluido en el Componente 11 ‘Modernización de las Administraciones Públicas’ del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El pasado 11 de diciembre el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la orden del Ministerio de Hacienda, con un plazo de 20 días para su entrada en vigor. Es decir, antes del 31 de diciembre, como se prometió a la Comisión.

Ahora el portal institucional de Hacienda ya permite consultar sus informes u otras publicaciones (hasta ahora, inexistentes), así como formular solicitudes para que realice los citados informes previos a la licitación de los contratos de concesión de obras o servicios. El organismo evaluará entonces si la rentabilidad del proyecto -obtenida en función del valor de la inversión, las ayudas otorgadas, los flujos de caja esperados y la tasa de descuento establecida- es razonable en atención al riesgo de demanda que asuma el concesionario.

La ONE estará constituida por el órgano colegiado de decisión o Pleno, que contará con la asistencia y el apoyo administrativo de la División con competencia en evaluación de los contratos de concesión de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) y con una Unidad Técnica de Evaluación de Proyectos. Sin embargo, desde el Ministerio de Hacienda aclaran que este Pleno todavía no existe.

Seis años de retraso

La Oficina Nacional de Evaluación se contempló por primera vez hace ya seis años en el marco de la Ley 40/2015 por la que se modificaba la Ley sobre Contratos del Sector Público. El Observatorio de Contratación Pública explicaba en 2015 que la ONE se configuraba esencialmente como "un mecanismo de control ex ante, es decir, tiene una vocación claramente preventiva de las licitaciones públicas" y, por consiguiente, debía realizar informes preceptivos sobre la sostenibilidad financiera de los contratos públicos con carácter previo a la licitación.

Dos años más tarde, la ley del 8 de noviembre de 2017 -que traspone al ordenamiento jurídico español las directivas europeas- configuraba, en su artículo 333, la ONE como órgano colegiado integrado en la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), posibilitando la participación en aquella del sector privado y de las Administraciones autonómicas y locales. Sin embargo, esta oficina nunca vio la luz. De hecho, la página web estaba "en preparación" hasta hace unos días.

La que sí estaba ya en funcionamiento desde hace años es la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), de la que depende la de evaluación (ONE), un órgano creado en 2017 y que regula y supervisa la contratación pública a posteriori, con la recogida y sistematización de información relativa a la actuación de los distintos agentes presentes en el proceso de contratación pública y la elaboración de informes anuales.

Ahora, la Oficina Nacional de Evaluación deberá contar con los recursos necesarios para evacuar los informes preceptivos de los contratos en el plazo de treinta días. Este plazo se contará desde la entrada de la solicitud por vía electrónica del poder adjudicador u otra entidad contratante o, en caso de haber sido necesario requerir documentación, desde el día que tenga entrada la documentación completa requerida por la ONE para la adecuada elaboración de dicho informe.

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