Economía

Un juez avala la comisión que CaixaBank cobró a no clientes por el uso de sus cajeros

Desestima la demanda de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) contra CaixaBank por las comisiones de dos euros que cobró entre marzo y septiembre del año pasado al considerar que informó adecuadamente a los no clientes de esa comisión por el uso de sus cajeros.

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona ha desestimado la demanda de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) contra CaixaBank por las comisiones de dos euros que cobró entre marzo y septiembre del año pasado a clientes de otras entidades por el uso de sus cajeros. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que "no puede reconocerse un derecho omnímodo de los usuarios no clientes de una entidad bancaria a utilizar la red de cajeros automáticos de esta entidad a su conveniencia", y recuerda que la retirada de efectivo en un cajero por parte de un cliente de otra entidad "nunca" había sido un servicio gratuito en nuestro país antes de marzo de 2015.

CaixaBank decidió a principios de ese año cobrar una comisión de dos euros a todo aquel que no tuviera cuenta en la entidad y sacara dinero de sus cajeros, una comisión que se sumaba a la que ya imponían a sus clientes las entidades emisoras de las tarjetas utilizadas en la retirada de fondos. El banco catalán, sin embargo, revocó esta medida en el mes de octubre, después de que el Gobierno cerrara el paso al cobro de dobles comisiones a través de una nueva norma.

La entiddad se embolsó esos meses más de 16 millones de euros

El nuevo sistema aprobado por el Ejecutivo establece que en ningún caso el dueño del cajero cobrará directamente al usuario, sino que lo hará a través de la entidad de la que es cliente. Adicae llevó a CaixaBank ante la justicia al entender que durante más de seis meses cobró ilegalmente esta comisión, embolsándose "indebidamente" más de 16 millones de euros.

La entidad, que acusaba a CaixaBank de "práctica abusiva y competencia desleal", pedía, además, que el banco devolviera todas las cantidades cobradas en este período, hasta la entrada en vigor de la nueva normativa. Durante el juicio, que se celebró el pasado 13 abril, CaixaBank defendió la legalidad del cobro de la comisión, ya que hasta el momento de promulgación de la norma del Gobierno "no existía disposición alguna que prohibiera" ese cobro directo al usuario por la entidad titular del cajero automático.

El banco alegó que la dispensación de efectivo "es un servicio bancario susceptible de engendrar el derecho de una entidad financiera a percibir una contraprestación" y que este modelo "se encuentra ampliamente implantado en el mercado continental y anglosajón" y responde a un criterio de "racionalidad económica". "Quien presta el servicio cobra un precio al usuario, todo en condiciones de plena transparencia", argumentó CaixaBank, que cuenta en España con una red cercana a los 10.000 cajeros automáticos.

Tras escuchar a una y otra parte, el juez ha desestimado íntegramente las pretensiones de Adicae, a la que impone el pago de las costas procesales. El magistrado entiende que CaixaBank informó adecuadamente a los no clientes de esa comisión de dos euros por el uso de sus cajeros, y de que la entidad emisora de sus tarjetas podía cobrarles una comisión distinta.

Considera asimismo que la conducta objeto de litigio no es "unilateral", sino es que es un "servicio, un contrato", y que por tanto "la comisión es su precio". Y el establecimiento es este precio para el servicio, indica en el fallo el juez, que "puede perseguir la satisfacción de una pluralidad de intereses económicos" y responder a una medida de "defensa" frente a otros competidores.

Adicae puede interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona en el plazo de veinte días desde la notificación de la sentencia, que tiene fecha de 6 de mayo de 2016.

 

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