Economía

¿Qué cambios hay en la Declaración de la Renta que presentaremos en 2020?

En abril se abrirá el plazo para presentar la Declaración del IRPF correspondiente al año 2019

La falta de Gobierno ha impedido que a cierre de año se conozcan ya posibles cambios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a nivel nacional, que afectarían a la Declaración de la Renta de 2019 que los contribuyentes presentarán entre abril y junio de 2020.

El PSOE y Unidas Podemos habían contemplado en su proyecto de Presupuestos Generales del Estado a nivel nacional aprobar una subida del tipo impositivo que pagan de IRPF las rentas más altas, pero este cambio normativo -que finalmente el PSOE no ha incluido en su programa- no se ha llegado aprobar, así que no existen cambios para la renta de 2019 en el tramo estatal. 

Sin embargo, sí se conocen ya algunas novedades de ciertas Comunidades Autónomas que afectarán al tramo autonómico de este impuesto. 

[singular-iframe src='https://datawrapper.dwcdn.net/BnNTJ/1/']

Novedades en la renta por Comunidades Autónomas

  • Andalucía: tipo del 9,75% al 24,90% y nuevas escalas aplicables en 2020, 2021, 2022 y 2023.
  • Baleares: las principales novedades de la renta de 2019 serán la deducción por las subvenciones y ayudas otorgadas por declaración de zona afectada gravemente por emergencia de protección civil; deducción del 25% -con máximo de 150 euros- por donaciones a entidades sin ánimo de lucro; deducción del 40% -con límite de 400 euros- por gastos derivados de escuelas infantiles, guarderías, servicio de custodia, servicio de comedor, extraescolares o contratación de una persona para cuidar a un menor. 
  • Canarias: tipos del 9% al 24% (0,5 puntos menos en los dos primeros tramos). Deducción del 25% -con máximo de 1.200 euros- por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a operaciones de dación en pago; deducción del 10% de rendimientos de capital inmobiliario por arrendamiento de la vivienda habitual; y deducción del 75% -con máximo de 150 euros- de gastos para primas de seguro de crédito que cubran el impago de rentas por arrendamiento de un inmueble destinado a vivienda.
  • Cantabria: deducción del 15% -con límite de 300 euros- por gastos de guardería; deducción de 200 euros por titular de familia monoparental, y deducción del 15% -con límite de 300 euros- por ayuda doméstica del importe satisfecho por cuenta del empleador a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado. 
  • Galicia: deducción del 25% por donativos realizados a entidades beneficiarias del mecenazgo acogidas a la ley 49/2002; y deducción por determinadas subvenciones o ayudas obtenidas a consecuencia de los daños por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018.

  • La Rioja: tipos del 9% al 25,50%. Deducción de 600 euros (antes 120) por el primer hijo, 750 euros (antes 150) por segundo hijo, y 900 euros (180 antes) por el tercero y sucesivos.

  • Comunidad de Madrid: tipos del 9 al 21% (0,5 puntos menos en el tipo mínimo). Deducción del 15% de las cantidades donadas a fundaciones y a clubes deportivos; y deducción del 20% -con límite de 400 euros- por las cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar si la familia tiene un hijo menor de 3 años. Las familias numerosas deducen el 30%, con un límite de 500 euros. 
  • Región de Murcia: tarifa con tipos del 9,9% al 23,30% -rebaja levemente todos los tramos-. Deducciones de 100, 200 y 300 euros por cada hijo nacido o adoptado según se trate del primero, segundo, tercero y sucesivos.
  • Comunidad Valenciana: deducción del 5% -base máxima de 3.000 euros- de las rentas derivadas del arrendamiento de vivienda cuya renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunidad Valenciana; y deducción del 25% -con un límite del 30% de la base liquidable- por las donaciones o préstamos de uso o comodato efectuados a proyectos o actividades culturales, científicas o deportivas no profesionales. 
  • Navarra: límite de 3.500 euros para las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social que hayan sido imputadas a los partícipes, asegurados o mutualistas; deducción del 15% de las cantidades satisfechas para la adquisición o suscripción de acciones o participaciones de la entidad en la que preste sus servicios el contribuyente -20% si es mujer- o de cualquiera de las sociedades del grupo mercantil. 
  • País Vasco: Vizcaya y Guipúzcoa aprueban nueva tarifa con tipo mínimo del 23% y máximo del 49%. Deducción de 1.000 euros por contribuyentes menores de 30 años que inicien por primer vez una actividad económica; deducción por financiación a entidades con alto potencia en Guipúzcoa; y deducción del 15% -con límite de 750 euros- en Álava y Vizcaya por adquisiciones de participaciones

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP