Economía

Los fondos temen que el salvavidas del juez a Celsa siente doctrina en vísperas de un aluvión de refinanciaciones

Un juzgado de Madrid ha concedido al grupo industrial catalán medidas cautelares que impiden a fondos y bancos acreedores ejecutar garantías; el juez ha tenido en cuenta la situación provocada por la crisis del coronavirus a la hora de evaluar la capacidad de la compañía para pagar sus deudas

La reciente decisión del juez de conceder medidas cautelares al grupo industrial Celsa que impiden la ejecución de garantías por parte de acreedores, está generando inquietud entre fondos y banca internacional de cara al aluvión de procesos de refinanciación y concursos de acreedores que se avecina por la crisis del coronavirus.

El Juzgado de Primera Instancia número 60 de Madrid aprobó a principios del mes pasado medidas protectoras solicitadas por Celsa teniendo en cuenta la caída del negocio registrada por la compañía debido al impacto de la crisis del coronavirus. 

La compañía, el mayor grupo industrial catalán, afrontaba el pasado 4 de mayo el pago de parte de uno de los tramos de un préstamo de 900 millones de euros, por importe de 35 millones, y tenía pendiente otro de 103 millones el próximo mes de noviembre.

"Ya hay entidades financieras internacionales consultando a despachos en España sobre el riesgo de que se generalicen las medidas de Celsa"

Celsa reclamó causa de fuerza mayor y el empleo de la cláusula rebus sic stantibus, poco desarrollada en el sistema jurídico español. El magistrado consideró que en este caso la invocación de dicha cláusula tiene todo el sentido, y ha ampliado un año los plazos de vencimiento de deuda de la empresa.

Entre los acreedores de Celsa se encuentran los mayores bancos españoles, entidades financieras internacionales como Deutsche Bank o Goldman Sachs, y algunos de los mayores fondos de capital riesgo del mundo, como Apollo o CVC.

Los fondos y representantes de banca internacional temen ahora que la decisión del juzgado respecto a la posición como deudor de Celsa se poularice, y se suspendan o aplacen periodos de pago acordados de deuda en virtud de la cláusula rebus sic stantibus.

El juez de Celsa tendrá que fijar una vista próximamente en la que los acreedores podrán exponer sus argumentos para ejecutar garantías

"Los despachos ya están recibiendo consultas de entidades financieras internacionales sobre si hay riesgo de que se generalice la decisión tomada en Celsa", indica José Christian Bertram, socio de financiero de Ashurst.

"Existe el temor de que los deudores opten por invocar la cláusula rebus sic stantibus por ser más beneficiosa para sus intereses que las condiciones pactadas en acuerdos de financiación, pero no creo que eso vaya a generalizarse", explica. "Lo que podría ocurrir es que aparezcan más autos en los que se aplique esta cláusula y se fije entonces una línea de actuación", añade.

Plazo de un año

"El caso de Celsa ha llamado fuertemente la atención porque la decisión del juez se tomó en una fecha muy cercana a la del vencimiento de deuda, con una urgencia que no permitido que se tomaran en consideración los argumentos de los acreedores afectados", apunta José Christian Bertram.

El juzgado de Madrid que ha concedido las cautelares a Celsa tendrá que fijar una vista próximamente en la que los acreedores podrán exponer sus posiciones.

"El caso también es llamativo porque el juez ha concedido un año de plazo adicional a los vencimientos, en lugar de hacerlo durante el tiempo necesario para tomar en consideración los argumentos de los acreedores que pretendían ejecutar las garantías", señala el socio de Ashurst.

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