Celsa, la mayor empresa industrial de Cataluña, prestó ante el Juzgado de Primera Instancia nº 60 de Madrid una caución de 750.000 euros para 'atar' las medidas cautelares concedidas hace casi un mes para evitar el impago inmediato de su deuda e impedir que los acreedores ejecutasen las garantías o resolvieran el préstamo de 900 millones (contrato Jumbo) suscrito con un 'pool' de fondos en octubre de 2017 con BBVA como agente, según se detalla en el auto al que ha tenido acceso Vozpópuli.
La caución es un requisito previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que obliga a que todo aquel que solicite una medida cautelar ofrezca una caución para responder de los daños y perjuicios que la adopción de las citadas medidas puedan causar al demandado, en este caso, los acreedores. Se trata de una 'garantía' que hay que dar antes de que se ejecuten las medidas solicitadas. A partir de ahí, el juez dio un plazo de 20 días, que expira la semana que viene, para formalizar la demanda.
El préstamo firmado por Celsa y las entidades está dividido en un primer tramo de 800 millones y un segundo tramo de 100 millones. Para el primer tramo se acordó un calendario de amortizaciones que implicaba un desembolso cada 4 de mayo y noviembre desde 2018 hasta 2022.
Es decir, que el 4 de mayo de 2020 Celsa tenía previsto pagar una cuota de 34,3 millones de euros y el 4 de noviembre otra de 103 millones. Para octubre de 2022, este primer tramo debería quedar totalmente pagado. Además, el contrato establecía una serie de ratios financieros (los llamados 'covenants') que Celsa y sus sociedades debían cumplir durante toda la vida del préstamo. Estos ratios también han sido cumplidos durante el primer trimestre del año.
La compañía de la familia Rubiralta solicitó al juez las citadas medidas cautelares tras constatar el impacto del coronavirus en su actividad. “Es un hecho notorio que la situación provocada por la pandemia del Covid 19 supuesto una caída brusca de la producción y de la demanda y que se ha producido una caída a plomo de sus ventas”, señala el juez.
Para acreditar el impacto de la Covid-19, Celsa presentó al juez un análisis interno en el que señalaba que la reducción de ventas y de margen ha supuesto una pérdida de facturación de 144 millones y una disminución del resultado operativo de 174 millones, un 45% menos de lo previsto. La tesorería a finales de abril se situaba en 60 millones en vez de los 83 millones previstos antes de la pandemia.
Celsa recurre a la 'rebus'
Por tanto, Celsa solicitaba al juez que los dos próximos vencimientos se retrasasen un año, hasta el 4 de mayo y el 4 de noviembre de 2021, respectivamente. También solicitaba la suspensión de cumplimiento de los 'covenants'. Para armar jurídicamente su defensa, Celsa alegó causa de fuerza mayor y pidió la aplicación de la cláusula 'rebus sic stantibus'.
Esta cláusula, muy usada tras la Guerra Civil española, permite a una de las partes de un contrato solicitar la renegociación del mismo si se produce un cambio sustancial desde las circunstancias en las que se firmó y la posterior ejecución del mismo.
La 'rebus' no está desarrollada en el ordenamiento jurídico español y son muy escasos los ejemplos en los que los tribunales españolas han accedido a utilizarla, habida cuenta de que el principio que rige todos los contratos es el 'pacta sunt servanda' (lo pactado obliga). No obstante, el juez ha estimado que sí es aplicable a la situación de Celsa. “En este caso es claro que, de manera indiciaria y sin prejuzgar el fondo del asunto se dan todos los requisitos para aplicar la citada regla. Es notorio que la crisis derivada de la actual pandemia no era previsible. También que se trata de una situación que como hemos visto ha afectado de manera intensa a la situación económica de la parte actora”, explica.
Para conceder las medidas, el juez también ha tenido en cuenta el historial de ‘buen pagador’ de Celsa. Hasta ahora, la compañía había cumplido con todos sus compromisos financieros y ha devuelto 212,4 millones en los dos últimos años, incluidos intereses. Según publicó El Confidencial, los Rubiralta han estado asesorados durante el proceso por el despacho de abogados Cortés, fundado por el fallecido Matías Cortés.
La solicitud de medidas cautelares se adoptó a pocos días del primer vencimiento, por lo que no era posible celebrar una audiencia previa y el juez acordó las cautelares 'inaudita parte'. Es decir, sin escuchar la versión de los acreedores.
Ambas partes negocian
Tras llevar el asunto a los tribunales, ambas partes mantienen abiertas negociaciones para tratar de llegar a un acuerdo extrajudicial. Según publicó El Confidencial, los fondos acreedores han propuesto a los Rubiralta canjear 600 millones deuda por un paquete accionarial del 49%, lo que dejaría a la familia fundadora con un 51% de la compañía.
Esta propuesta, que incluye una línea de financiación con un interés del 12% con un vencimiento a cinco años, no ha sido bien recibida por la familia fundadora. No solo porque aumentaría la deuda de la compañía, también critican la falta de comprensión de los fondos ante la epidemia actual.
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