La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado la apertura de un expediente sancionador contra Acciona Construcción, Corsán-Corviam Construcción, Dragados, FCC Construcción, Ferrovial Agromán, OHL y Sacyr Construcción por posibles prácticas anticompetitivas en licitaciones de la Administración Pública para la construcción y rehabilitación de infraestructuras y edificios.
En concreto, según la CNMC, las prácticas anticompetitivas habrían consistido en acuerdos e intercambios de información entre dichas empresas con el objeto y/o efecto de restringir la competencia, en el ámbito de las licitaciones convocadas por las distintas Administraciones Públicas para la construcción y rehabilitación de infraestructuras y edificios.
Dichos acuerdos e intercambios habrían tenido una especial incidencia en la preparación de sus ofertas técnicas de cara a dichas licitaciones y se habrían instrumentado, entre otras vías, mediante la constitución de un grupo estable y formal constituido por las citadas empresas.
Información de otro expendiente
De esta forma, decidían con carácter semanal si contrataban conjuntamente los distintos aspectos que incluía la oferta técnica de las licitaciones que iban haciéndose públicas. Este expediente tiene su origen en determinada documentación encontrada durante la instrucción de otro expediente y que no tenía relación con el caso que se estaba investigando.
En consecuencia, la dirección de Competencia de la CNMC procedió a incorporar dicha información en un expediente distinto. En el marco de este nuevo expediente la CNMC llevó a cabo inspecciones domiciliarias en cuatro de las empresas incoadas.
Así, a la vista de la información disponible y de la documentación recabada en el marco de dichas inspecciones, la dirección de Competencia de la CNMC considera que existen indicios racionales de la comisión por parte de Acciona Construcción, Corsán-Corviam Construcción, Dragados, FCC Construcción, Ferrovial Agromán, OHL y Sacyr Construcción de posibles infracciones del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y del 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.
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