Los altos precios de la luz asfixian a las pequeñas comercializadoras, como contaba Vozpópuli en agosto. Una situación que ha empeorado en septiembre. Este martes, en el Boletín Oficial del Estado, se ha anunciado la inhabilitación para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica a las empresas Secom Central de Compras y Another Energy Option. Un acuerdo, que según el anuncio, es adoptado por la propia ministra Teresa Ribera.
“Se procede a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado por el que se da publicidad a los Acuerdos, adoptados por la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico con fecha 1 de octubre de 2021, por los que se inician los procedimientos de inhabilitación para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica de las empresas Secom Central de Compras, S.L. y Another Energy Option, S.L., y se traspasan sus clientes a un comercializador de referencia, determinándose las condiciones de suministro a dichos clientes”, explica el BOE.
Fuentes conocedoras de este proceso explican a este medio que la inhabilitación de estas empresas se produce por problemas financieros, aunque hay que esperar al expediente definitivo de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) para conocer los detalles.
El Ministerio para la Transición Ecológica ya ha transmitido a la CNMC este proceso y ahora queda pendiente la resolución del organismo regulador. Este medio ha intentado contactar con ambas empresas para conocer los motivos concretos de esta inhabilitación. Una solicitud que no ha sido contestada por ambas comercializadoras.
Traspaso a Endesa, Iberdrola o Naturgy
Los clientes de estas empresas no sufren ningún corte de suministros, sus contratos pasan a manos de los operadores de la tarifa regulada (Endesa, Iberdrola, Naturgy o EDP). Desde el mercado se espera una repunte de estos proceso ante la escalada de precios que se vive en el mercado y que, como mínimo, no frenará su subida hasta el próximo mes de marzo.
Una situación que explicaba en agosto el socio de JQ Advisors, Jaime Jaquotot, a este medio. “Las pequeñas comercializadoras que no cuentan con centrales de generación propias son empresas que tienen que soportar una carga financiera relevante para poder ejercer su actividad. De un lado, deben depositar garantías para operar en los mercados, que dependen del precio de éstos. De otro lado, deben pagar semanalmente la energía que adquieren para sus clientes, lo que les obliga a adelantar dinero dado que facturan y cobran mensualmente de sus clientes", detalla.
Como es lógico, cuanto mayor es el precio de la energía en los mercados, mayor es la cantidad que tienen que adelantar. Un escenario que provocará que muchas comercializadoras pasen serias dificultades y que podría terminar con llevarlas a su desaparición, lo que supondría un fuerte paso atrás en el nivel de competencia del mercado eléctrico español, favoreciendo especialmente a las eléctricas tradicionales.
Un proceso complejo
La inhabilitación tiene sus pasos. Según el artículo 47 de la Ley 24/201, en el caso de que un comercializador incumpla alguno de los requisitos para ejercer la actividad de comercializador, como por ejemplo la actividad es disponer de capacidad económica (quiebra), se pueda iniciar un proceso de inhabilitación.
Este procedimiento no es automático y requiere que el Ministerio para la Transición Ecológica adopte el acuerdo de inicio de inhabilitación de una comercializadora. Una vez que finaliza el procedimiento administrativo de inhabilitación, los consumidores tienen un mes para buscar un nueva comercializadora de su elección.
En caso contrario, son traspasados de forma automática a la comercializadora de referencia al entenderse que son consumidores sin un contrato en vigor con una comercializadora habilitada (artículo 4.1.e) RD 216/2014). Un proceso que permite que, en ningún caso, se produzca un corte de suministro a los clientes de estas empresas.
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