La campaña para la liquidación del IRPF y el impuesto de patrimonio del ejercicio 2020 empieza este miércoles 7 de abril y se extenderá hasta el próximo 30 de junio, según el calendario de la Agencia Tributaria.
Desde este miércoles se puede consultar el borrador y presentar la declaración de la renta a través de internet, ya sea con el programa Renta Web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, para lo que es necesario certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
La presentación telefónica de declaraciones comienza el 6 de mayo y la presencial en oficinas, el 2 de junio, en ambos casos con cita previa.
Hasta el 30 de junio
El plazo termina el 30 de junio, salvo para las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse, que tendrán que estar entregadas antes del 25 de junio.
La presentación de la declaración del IRPF es obligatoria, entre otros supuestos, para los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV) y para rentas del trabajo de más de 22.000 euros si solo se tiene un pagador o 14.000 euros si se tienen dos o más y los abonos de todos los que no son el principal superan los 1.500 euros.
En esta situación de dos pagadores están incluidos los trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) en 2020, que además tendrán que regularizar las retenciones (en prestaciones suelen ser muy bajas) y tener en cuenta posibles cobros indebidos.
Para atender a estas especiales circunstancias, la Agencia Tributaria prevé ofrecer a este colectivo una atención más personalizada y permitir, en caso de que el resultado de la declaración sea a pagar, dividir la cuantía en hasta seis plazos sin intereses.
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