La Comunidad de Madrid ha modificado los criterios de su programa Impulsa para autónomos, para que todos los que han sufrido una caída de la actividad por el coronavirus puedan beneficiarse de subvenciones directas que cubran el pago de sus cuotas a la Seguridad Social durante los próximos doce meses.
"La ayuda consistirá en una subvención específica para el pago de sus cuotas por contingencias comunes a la Seguridad Social, permitiendo que el trabajador por cuenta propia disfrute de una reducción total en el pago de dichas cuotas durante un máximo de doce meses", recoge el documento publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Los autónomos actualmente pagan una cuota a la Seguridad Social que se obtiene de aplicar un 30,3% a su base de cotización. De ese 30,3%, un 28,2% corresponde a contingencias comunes (lo que asumiría la Comunidad), un 1,1% a contingencias profesionales y un 0,1% a formación y prevención.
Ese porcentaje se aplica sobre la base, los autónomos pueden elegir cotizar por una base mínima de 944,40 euros mes, con lo que pagan una cuota mínima de 286,15 euros mensuales. La Comunidad de Madrid asumirá el pago de las cuotas como si todos pagaran la cuota mínima.
El requisito que deben cumplir para pedir esta ayuda es estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), prestar su actividad en la Comunidad de Madrid y haberse visto afectados en los últimos doce meses por situaciones entre las que se incluye el coronavirus, sin que hayan tenido que suspender su actividad.
Más amplia que la ayuda estatal
Podrán presentar la solicitud en los próximos tres meses, a contar desde este jueves. Deberán cumplimentar un formulario, el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (modelo 037 o 036), recibo bancario para justificar el pago de la última cuota de autónomo, documentación que acredite que han realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales (sólo si tienen obligación de hacerlo), documentación que acredite que operan en la Comunidad de Madrid, y documentación que acredite que están afectados por el coronavirus.
En este último punto, la Comunidad de Madrid no precisa cómo debe demostrar el trabajador autónomo que está afectado por el coronavirus, lo que permite deducir que cualquiera que haya sufrido una caída de la actividad y de los ingresos podrá pedirla.
Es por tanto una ayuda más laxa que la prestación por cese de actividad extraordinaria aprobada por el Gobierno, a la que sólo pueden acogerse los autónomos que hayan tenido que cerrar su negocio por imperativo legal o aquellos que hayan sufrido una caída del 75% en sus ingresos. Sólo estos dos grupos pueden pedir la ayuda del Gobierno y quedar exonerados del pago de la cuota.
Salvavidas para los que sufran caídas de ingresos de menos del 75%
Esta subvención de la Comunidad de Madrid puede ser un salvavidas para aquellos autónomos que siguen con su negocio abierto y han sufrido una caída de los ingresos muy alta pero que no alcanza el 75%. Éstos, dejarán al menos de pagar la cuota durante los próximos doce meses, y podrán utilizar lo que ingresen para subsistir.
La Comunidad asumirá el coste de esta exoneración con cargo a los fondos que recibe del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en concepto de subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
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