Economía

El número de quiebras de personas supera por vez primera al de empresas

El desarrollo de la Ley de Segunda Oportunidad, el boom de los créditos fáciles al consumo y la desaceleración económica están motivando un incremento inédito en España del número de concursos de acreedores de personas físicas

Por vez primera en España se está registrando un mayor número de concursos de acreedores de personas físicas declarados que de empresas. El Boletín Oficial del Estado publicó el jueves anuncios de declaración de concursos de acreedores de 32 personas físicas, y 20 de empresas. También el viernes el BOE publicó 15 concursos de personas y 9 de empresas. Nunca antes había ocurrido algo así.

La reforma de la Ley Concursal en 2015 y el desarrollo de la Ley de Segunda Oportunidad explican este cambio de tendencia, inédito en el país. Otros factores como el boom de los créditos y tarjetas de consumo que ofrecen microcréditos con elevados intereses, que dejan entrampados a parte de su clientela, o la desaceleración económica, están también detrás de este incremento del número de concursos de personas.

"Antes de 2015 no recomendaba a nadie acogerse al concurso de acreedores", dice Carlos Pavón, de Gaula Abogados

"La mayoría de los nuevos concursos de acreedores de personas físicas afectan a autónomos", indica José Martínez Carrera, director del despacho Gesico. "Es un efecto de la desaceleración económica y de crisis de consumo", opina.

El director del despacho Gesico explica que el desarrollo de la Ley de Segunda Oportunidad, que exonera al acreedor del pasivo siempre que no cuente con deudas con Hacienda, entre otros requisitos, ha impulsado el número de concursos de acreedores de personas. 

La reforma de la Ley Concursal a través del Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, modificado a su vez por la Ley 25/2015, de 28 de julio, estableció el marco normativo definitivo de la segunda oportunidad. El mecanismo de segunda oportunidad para particulares permite la posibilidad que los deudores de buena fe, sean empresarios o no, queden liberados de las deudas que no puedan pagar.

Una persona puede acogerse a la segunda oportunidad si muestra haber tratado de alcanzar un convenio, apunta Martínez Carrera, de Gesico

Con anterioridad a la reforma de la Ley Concursal, el deudor que era persona física y se declaraba en concurso de acreedores veía como se liquidaban sus bienes y como, además, tras el concurso las deudas no satisfechas se mantenían vigentes.

"Antes de 2015 no recomendaba a nadie acogerse al concurso de acreedores", recuerda Carlos Pavón, al frente del despacho especializado en Derecho concursal, Gaula Abogados. "Siempre lo desaconsejé, no aportaba nada al cliente, se lo quitaban todo y quedaba como deudor de por vida", dice.

En determinados supuestos, señala el director de Gaula, el deudor puede acogiéndose a la segunda oportunidad mantener su vivienda, lo que antes de la reforma concursal era impensable. "La ley debería ser más clara en cuanto al activo de la vivienda en el proceso concursal de persona física, pero en la práctica se están dando estos casos en los que los jueces permiten que no se pierda", señala.

Pavón considera que la divulgación de la ley de segunda oportunidad explica la subida del número de concursos de acreedores de personas físicas. "La gente está perdiendo el miedo ahora a acudir al juzgado", cree.

Créditos fáciles

Martínez Carrera, de Gesico, apunta que en el caso de la segunda oportunidad se establece como requisito que los deudores traten de alcanzar un convenio con los acreedores, y que el hecho de intentarlo les permite acogerse a esta herramienta. "Pero hay casos en los que esa mediación no es rigurosa, los deudores proponen convenios que los acreedores nunca aprobarían, pero el hecho de haber presentado una propuesta es suficiente", lamenta.

"El número de concursos de personas físicas va a crecer todavía mucho más", considera Diego Comendador, presidente de Aspac

"Creo que el número de concursos de personas físicas va a crecer todavía mucho más", comenta Diego Comendador, administrador concursal y presidente de Aspac, la asociación que representa al gremio en España. "Si no se tienen deudas con Hacienda es posible que el concursado quede exonerado del pago de las deudas", añade.

Comendador destaca como la razón principal de este incremento el desarrollo y conocimiento de la ley de segunda oportunidad. Pero apunta también al ascenso de casos de personas que lo pierden todo tras caer en una espiral de contratación de créditos fáciles al consumo que exigen el pago de elevados intereses. "He llegado a administrar el concurso de una persona que tenía como acreedores a 15 empresas de créditos fáciles", comenta.

"Para los deudores que no tengan propiedades, la ley de segunda oportunidad es muy beneficiosa", afirma el presidente de Aspac. Pero apunta que la Ley Concursal debería reformarse de nuevo para limitar los privilegios que la Administración Tributaria mantiene como acreedor en los concursos de acreedores, tanto de personas como de sociedades.

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