Economía

Condenan a Iberia por impedir el embarque a una familia injustificadamente

Dan la razón a los demandantes al considerar que la compañía "no ha logrado acreditar" que la prohibición de acceder al avión se produjera por la presentación de "documentos de viaje inadecuados"

Un juzgado de Madrid ha condenado a Iberia a abonar cerca de 5.000 euros a una familia a la que denegó el embarque por no presentar el libro de familia, documento que la aerolínea les requirió para que los menores pudieran abandonar el país.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Juzgado de lo Mercantil número 11 da la razón a los demandantes al considerar que la compañía "no ha logrado acreditar" que la prohibición de acceder al avión se produjera por la presentación de "documentos de viaje inadecuados", máxime cuando se los reubicó en otro vuelo apenas un día más tarde y sin coste adicional.

Los hechos se remontan al verano de 2017, cuando los cinco miembros de la familia se dirigían, junto a otras 14 personas, a la República de Zimbabue, previa escala en el aeropuerto internacional de Johannesburgo (Sudáfrica), para celebrar el 83 cumpleaños del abuelo.

Ya en la puerta de embarque, un operario de Iberia les exigió una copia del libro de familia, "y al no disponer del mismo, se les denegó, y se hizo salir del avión a los otros dos hijos, que ya se encontraban dentro, sentados en sus respectivos asientos", según la fuente.

Ante esta situación, los demandantes trataron de conversar con el trabajador y le indicaron que no era necesario llevar consigo el documento, según les trasladó la propia embajada del país, al tratarse de una escala en un aeropuerto internacional sin que se produjera salida al exterior.

Además, recordaron que en su grupo viajaban también otros menores acompañados por sus padres, a los que en ningún momento se les requirió el libro de familia.

La aerolínea les proporcionó entonces cinco nuevos billetes a su destino para el día siguiente, sin coste alguno; sin embargo, este retraso no sólo los obligó a contratar un segundo traslado desde el aeropuerto a su destino, incrementando el gasto, sino que además les impidió disfrutar del safari fotográfico que tenían reservado con el resto de sus familiares.

Situación de "overbooking"

Para los demandantes, representados por el despacho de abogados Coraza Legal, la denegación del embarque se produjo por una situación de "overbooking".

Unos argumentos que rechazó durante el juicio la compañía, que aportó varias fotocopias con las recomendaciones de viaje a estos países del Ministerio del Interior y de la embajada de España en Pretoria (Sudáfrica), con el objetivo de justificar su medida.

Sin embargo, el magistrado entiende ahora que Iberia actuó de forma arbitraria, entre otros motivos, porque la prueba testifical demuestra cómo "al resto de familias que también viajaban con menores no les exigieron el libro de familia y pudieron realizar el viaje sin problemas".

Por todo ello, concede a los demandantes cerca de 5.000 euros, en concepto de daños y perjuicios ocasionados por la denegación de embarque, y daño moral. 

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