Las infracciones al volante siempre se han dicho que se pagan caras. Muchas de ellas en forma de accidentes que han podido ser perfectamente evitables y, otras, con sanciones que pueden llegar a acarrear meses o años de cárcel. Los datos los ha dado a conocer el fiscal de sala coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, que ha indicado que España cuenta ahora con cerca de 60.000 presos, de los cuales unos 1.400 se encuentran en algún centro penitenciario al haber sido condenados por cometer delitos relacionados con la seguridad vial.
Vargas ha aportado ese dato con motivo de la jornada del ciclo telemático Desayunos sobre ruedas, organizados por la Federación Nacional Aspaym (Asociación de personas con lesión medular y otras discapacidades físicas). Asimismo, ha comentado que la entrada en prisión es «lo último» que la Fiscalía desea para las personas juzgadas, pero ha añadido que el Código Penal incluye supuestos penales que así lo permiten.
Vargas ha rehusado hacer un pronóstico de cuántas personas serán condenadas este año por infringir el Código Penal en materia de seguridad vial. En este sentido, ha recalcado que cada año se ejecutan números «muy altos», de cerca de 80.000 condenas, lo que supone un tercio del total de las sentencias condenatorias que dictan anualmente los jueces en España.
No obstante, la cifra de 2020 previsiblemente será menor debido al drástico descenso de los desplazamientos en carretera registrado durante el primer estado de alarma por la crisis del coronavirus entre marzo y junio: del 60 al 70% de lunes a viernes, y cerca de un 90% en fines de semana, según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Además, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han reducido a una quinta parte las pruebas de alcohol que realizan a los conductores, precisamente por esa bajada de la movilidad, pero también por cambios en el protocolo debido a que los test suelen realizarse por aire aspirado.
La evolución de las condenas a conductores en la última década es la siguiente: 80.777 en 2010, 91.932 en 2011, 97.359 en 2012, 83.382 en 2013, 92.682 en 2014, 83.283 en 2015, 80.831 en 2016, 81.951 en 2017, 89.264 en 2018 y 80.480 en 2019. Cifras sin duda muy elevadas y que deben llevar a la reflexión de que una mala actitud al volante puede marcarnos de por vida.
Tres infracciones que te pueden llevar a la cárcel
Porque llegar a entrar en prisión por cometer alguna infracción mientras conducimos no es tan difícil como parece. Es cierto que la primera vez que se comete una infracción catalogada de delito puede no llevar a conllevar el paso por la cárcel, pero una segunda acaba siendo definitiva.
Aunque la gran mayoría de las infracciones que se cometen en nuestro país no son categorizadas como tal, los delitos relacionados con el tráfico sí representan el 35% del total que se cometen. Es decir, buena parte de los delitos que se cometen en nuestro país se producen cuando alguien tiene un volante entre las manos.
Para que una infracción sea considerada como delito requiere en cierto modo que se esté poniendo en riesgo la vida del resto de conductores. Pero también hay otras sanciones que, sin necesidad de llegar a ello, pueden terminar con penas de cárcel.
Exceso de velocidad
Es, sin duda, la primera infracción que nos llega a la cabeza cuando hablamos de penas de cárcel. Para que un juez valore si un conductor debe entrar en prisión, hay que sobrepasar en 60 km/h la velocidad permitida en una vía urbana y en 80 km/h en una interurbana. Es decir, en algunos tramos urbanos habría que circular a más de 91 km/h, en carreteras convencionales a 171 km/h y, en autovías y autopistas, por encima de 200 km/h. En estos casos, el conductor podrá enfrentarse a una pena de prisión entre tres y seis meses.
Alcohol o drogas
Algo tan simple como saltarse un control de alcohol y drogas es motivo suficiente para que la Guardia Civil de Tráfico lo considere como delito y que el juez pueda llegar a señalar una pena de prisión de entre seis meses y un año, además de la retirada del carné de conducir entre uno y cuatro años. Además, en caso de someternos a las pruebas y dar positivo en alcohol con una cantidad que doble los niveles permitidos, es decir, 0,50 mg/l en aire expirado (o 0,30 mg/l en el caso de los profesionales y de los conductores con menos de dos años de experiencia), puede suponer tres meses de prisión. Por su parte, las drogas no cuentan con limitaciones y su sola presencia en el organismo ya está tipificada como delito, con una sanción similar a la del caso del alcohol.
Conducir sin carné
Carecer del carné de conducir o que éste no tenga vigencia puede también llegar a un resultado de cárcel, con penas de prisión de entre seis meses y dos años. No es la infracción más habitual entre quienes cometen las más graves catalogadas como delito, pero quienes tengan retirado el carné de conducir aunque sea por un breve plazo de un mes fruto de una sanción menor y conduzca durante ese periodo puede terminar entre rejas.
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