CVC Capital Partners se defiende ante la batalla judicial que mantienen La Liga y un frente de clubes díscolos liderados por el presidente del Real Madrid, Florentino Pérez. El fondo, en el capital del fútbol nacional desde esta temporada, cuenta con posibles indemnizaciones para el caso de que su acuerdo de inversión sea anulado judicialmente. Además, contempla la posibilidad de modificar o cancelar el contrato con la patronal de los clubes españoles si el proyecto de la Superliga europea que lidera el propio Pérez sale finalmente adelante.
Así lo comunica el propio CVC en un folleto de emisión de bonos por 850 millones de euros para financiar precisamente la operación con La Liga, respaldada por 38 de sus 42 clubes. En el documento, al que ha accedido Vozpópuli, el fondo advierte de que "si la ESL -Superliga europea- llegara a existir", CVC se reservaría "la opción de revisar o rescindir su contratos" con la entidad que preside Javier Tebas.
En la misma línea, desde el fondo de capital riesgo hacen hincapié en que si bien el proyecto que lidera Pérez no contempla partidos en fines de semana -por lo que no se solaparía con los torneos nacionales como LaLiga- podría igualmente afectar a la calidad de los encuentros y al valor de sus derechos televisivos.
El pacto de CVC con La Liga contempla que la inyección de los 2.000 millones se complete en 2024; habrá inyectado 853 millones al cabo de la actual temporada
En el folleto, en el que se incluyen todos los riesgos posibles para los bonistas, CVC advierte del proceso legal impulsado por los clubes Real Madrid, Fútbol Club Barcelona y Athletic de Bilbao. Estos tres clubes han iniciado dos causas judiciales por diferentes motivos en los juzgados 47 y 15 de Madrid contra las resoluciones de dos Asambleas de La Liga -de agosto y diciembre de 2021-. En ellas, los clubes respaldaron la propuesta de acuerdo de Tebas con el fondo británico por el que este inyectará dinero (unos 2.000 millones) a cambio de una participación (del 8,2%) en el negocio del fútbol español durante 50 años.
El fondo incide en que no forma parte bajo ninguna condición de ninguno de los procedimientos judiciales contra el acuerdo de inversión -estructurado como un contrato de cuentas en participación-. Los procesos podrían dilatarse meses e incluso años, si bien CVC ya habrá inyectado 853 millones al cabo de la actual temporada.
Cláusulas del acuerdo CVC-Liga ante la nulidad
El pacto de CVC con La Liga contempla que la inyección de los 2.000 millones del fondo se complete en 2024 y prevé una serie de cláusulas frente al supuesto de que el acuerdo sea revocado, ya sea de forma cautelar o definitiva. Por lo pronto, los díscolos Real Madrid, Barça y Athletic de Bilbao han recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid para conseguir una suspensión cautelar tras ser denegada en primera instancia.
En el caso de un revés por la vía cautelar, el fondo dejaría de inyectar dinero en La Liga y esta tendría que devolverle los fondos ya invertidos (descontados retornos efectuados previamente) con un interés del 6%. En caso de un levantamiento de las cautelares, el fondo reactivaría el acuerdo con carácter retroactivo siempre que "las condiciones del mercado" lo permitan, entre otras variables supeditadas a la evolución del negocio de La Liga -como que su Ebitda se mantuviera para entonces al 90% de la referencia del acuerdo-.
En caso de una sentencia de nulidad pero no firme, CVC frenaría los pagos que le quedaran pendientes y los niveles de remuneración al fondo deberían ajustarse "de forma adecuada" a la situación. Ante una resolución definitiva de nulidad parcial, las partes tendrían que sentarse a negociar soluciones en función de las circunstancias, ya sea por la vía de enmiendas al acuerdo original o en cuanto a su resolución.
En cualquier caso, si las negociaciones no prosperaran y/o el acuerdo de inversión fuera declarado completamente nulo, La Liga deberá reembolsar a CVC con "una cantidad equivalente al importe del principal que La Liga haya reconocido como pasivo a favor del emisor (el fondo) a la fecha de la nulidad". El pago tendría que sufragarse en un plazo de 13 años a partir de la temporada siguiente a la fecha de la nulidad con un interés anual del 6%.
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