Economía

Depósitos, acciones y otros productos a tener en cuenta para hacer la declaración

La Campaña de Renta 2017 arrancó el pasado 4 de abril y se extenderá hasta el 2 de julio. Si tienes dudas, nuestra calculadora te dirá qué casillas seleccionar y qué datos no debes olvidar

Llega el mes de abril y, como cada año, toca hacer cuentas con el fisco. Es el momento de hacer la declaración de la renta y es importante estar bien informado para sacar el máximo partido a la declaración. ¿Me saldrá a pagar? ¿Qué me puedo deducir? ¿Qué casillas hay que marcar? Son muchas las dudas que pueden surgir y es importante resolverlas para sacar el máximo partido a la declaración.

En la declaración no solo damos cuenta de las rentas del trabajo, también de las del ahorro, que son todas aquellas que hemos generado gracias a las inversiones: dividendos, acciones, participaciones en empresas, fondos de inversión, amortizaciones o transmisiones, contrataciones de seguros de vida o invalidez, depósitos financieros e incluso los intereses generados por nuestras cuentas corrientes.

Todo este tipo de productos tributan en la base del ahorro, a un tipo que va del 19% al 23% como máximo. Algunas tributan como capital mobiliario y otras como ganancias patrimoniales, o pérdidas, según haya ido la inversión. Y no todas tienen retención. Con carácter general tributan los intereses percibidos por depósitos cuentas o dividendos y las ganancias derivadas de la venta de fondos o acciones. 

Además, hay algunos gastos que se pueden deducir, como lo que cobran las entidades bancarias por la gestión de este tipo de productos. Todos estos datos tendrán que incluirse en la declaración, junto a los ingresos que se perciben por las rentas del trabajo y otros datos personales que pueden dar derecho a deducción. Usa nuestra calculadora para saber qué casillas debes rellenar para hacerlo correctamente.

¿Qué casillas tengo que utilizar en mi declaración de la renta?:

 

Plazos de este año

La Campaña de la Renta 2017 empezó oficialmente el pasado 4 de abril. Desde ese mismo día la Agencia está gestionando las primeras declaraciones presentadas de forma telemática, que pueden presentarse a través del sistema 'Renta web' o la nueva aplicación de Hacienda. El tradicional programa PADRE ya es parte de la historia.

Los más tradicionales tendrán que esperar al 8 de mayo para poder solicitar cita previa para realizar la declaración de manera presencial. Y al 10 de mayo para presentar la declaración. El 27 de junio será el último día para hacerla si el resultado es a ingresar. Si sale a devolver se podrá apurar hasta el último día: el 2 de julio, que es cuando finaliza oficialmente la campaña. Puedes consultar aquí el calendario completo.

La ‘app’ de Hacienda

Una de las novedades de este año es que Hacienda ha puesto a disposición de los contribuyentes una aplicación móvil para presentar la declaración. La ‘app’ se puede descargar desde Apple Store o Google Play y está disponible en castellano, catalán, gallego y valenciano.

Para acceder a ella, ese necesita el número de referencia, que se puede obtener consultando la casilla 450 de la declaración del año anterior, el NIF y su fecha de validez o la ‘Clave PIN’ o certificado electrónico. La app almacenará el número una vez introducido para futuros usos. En ella, el usuario podrá consultar todos sus datos fiscales.

Los usuarios que pueden realizar su declaración de la renta mediante la ‘app’ son aquellos que tengan las declaraciones más sencillas, aquellas en las que la Agencia ya dispone de toda la información. Los contribuyentes que presenten su declaración por esta vía sólo tienen que verificar sus datos y hacer ‘clic’.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP