En pleno siglo XXI, con la evolución tecnológica vivida por el automóvil en las dos últimas décadas -con avances en seguridad, dinámica de conducción y prestaciones- acabaremos circulando a velocidades inferiores a las de mitad del pasado siglo, a pesar también de la incuestionable mejora que han sufrido las carreteras españolas. De hecho, los 120 km/h a los que debemos circular por las autovías y autopistas españolas es inferior al límite que, por ejemplo, se debía cumplir 50 años atrás con un Seat 600 de la época (en 1974 se estableció un máximo de 130 km/h en aquellas primeras autopistas, límite que en 1979 se bajó a 120 km/h).
Poco han variados los límites en lo que a las carreteras “convencionales” se refiere, las de un solo carril por sentido de circulación, que se ha movido entre los 90 y los 100 km/h, pero siempre con la posibilidad de rebasarlos en hasta 20 km/h para poder efectuar un adelantamiento. Ahora, la DGT lo va prohibir, lo que en la práctica va a suponer la imposibilidad de realizar esta maniobra, pues pocos son los vehículos que se mueven por debajo de los 70 km/h en carretera. Es decir, cuando te encuentres un camión o un autobús que circule a 80 km/h en una larga y kilométrica recta de perfecta visibilidad y línea discontinua, vas a tener la obligación de circular tras él mientras no baje de 70 km/h.
Y es que la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados debate la modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, con el foco puesto en ajustar, con el resto de Europa, este límite de velocidad para adelantar en vías convencionales, entre otros puntos, que actualmente permite rebasarlo en 20 km/h.
Para el Profesor Luis Montoro, presidente de Honor de la Fundación Española para la Seguridad Vial (FESVIAL) y Catedrático de seguridad Vial “son muchas y muy importantes las modificaciones que está previsto que se hagan para conseguir una mayor seguridad y adaptar más las normas a la realidad del tráfico y la movilidad actual. Desde Fesvial hemos propuesto muchos cambios. Uno de ellos es la eliminación de la posibilidad de que los turismos y las motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad de las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos”.
Normativa europea
Según el profesor Montoro “hay argumentos para mantener la situación actual, pero son muchas más las razones de seguridad que aconsejan no rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en los adelantamientos, aparte de que con ello contribuimos a una mayor y completa armonización de esta norma en la Unión Europea, donde España es la única excepción”. No estaría mal tomar nota también de Europa y, como en Alemania, permitir en determinados tramos de autopistas velocidades muy superiores a los 120 km/h perfectamente asumibles por los modernos turismos en muchos de los nuevos trazados de asfalto perfecto y sin apenas curvas.
Desde Fesvial destacan no pocos argumentos y razones para respaldar y justificar esa propuesta de cambio en la normativa actual, realizada desde la Dirección General de Tráfico. Según esta asociación, en las carreteras convencionales se producen más del 70% de las víctimas mortales en siniestros viales. Estos suceden generalmente por salidas de la vía, colisiones frontales o frontolaterales, al invadir el carril del sentido contrario, normalmente en un adelantamiento, y donde el factor velocidad juega un papel determinante en la gravedad resultante del siniestro.
Los datos que manejan indican que la posibilidad de fallecer en un choque frontal a 77 km/h es del 50%, a 80 km/h se incrementa hasta el 65 % y a 96 km/h es del 92%. A 105-110 km/h (la situación actual en adelantamientos en carrera convencional) el riesgo de muerte es prácticamente del cien por cien, ya que, por ejemplo, es el equivalente a caer con el coche desde 14 pisos de altura. Señalan que el adelantamiento es la primera causa de accidentes mortales en vías convencionales.
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