Economía

Fomentar el catalán y el valenciano desgrava en la Renta, una ventaja que no tienen el gallego ni el euskera

Los constribuyentes se pueden deducir entre un 15% y un 25% por donaciones a entidades que se dediquen a fomentar el uso de esas lenguas

Entre las actividades curiosas que se pueden desgravar al presentar la declaración de la Renta está el fomento de algunas lenguas como el catalán o el valenciano, que pueden beneficiar fiscalmente a los contribuyentes de Cataluña, Baleares o la Comunidad Valenciana, pero esta ventaja no se aplica en el País Vasco o Galicia, donde no se puede desgravar el fomento del euskera o el gallego, ni en ninguna otra comunidad autónoma que promueva el uso del castellano. 

Se trata de peculiaridades que se encuentran en la lista de deducciones autonómicas, en las que hay más ventajas curiosas como la posibilidad de deducirse el gasto por hacerse unas gafas nuevas, ir al dentista o contratar una línea de internet de alta velocidad. 

En Cataluña, la Agencia Tributaria autonómica ofrece una deducción del 15% por las donaciones realizadas al Instituto de Estudios Catalanes, al Instituto de Estudios Araneses (que promueve el aranés, la lengua hablada en el valle de Arán) o cualquier entidad privada sin ánimo de lucro, colegio profesional, organización sindical o empresarial o cualquier corporación de derecho público que se dedique al fomento de la lengua catalana. 

La deducción por promover el catalán también es del 15% en Baleares, y se concede cuando la donación se realice a la Administración de la Comunidad de las Islas Baleares o entidades que dependan de ella, la Universidad de las Islas Baleares y los centros de investigación y enseñanza de la comunidad, y las entidades sin ánimo de lucro que se dediquen de forma exclusiva o principal al fomento de la lengua catalana. 

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La Comunidad Valenciana, la más generosa

Para los contribuyentes de la Comunidad Valenciana la deducción es todavía más cuantiosa: del 25% (con un límite del 30% de la base liquidable), de las donaciones que los contribuyentes hagan para fomentar la lengua valenciana. 

Los organismos receptores de estas donaciones pueden ser: la Generalitat valenciana, entidades locales de la comunidad, universidades públicas y privadas, institutos y centros de investigación, centros superiores de enseñanzas artísticas, y entidades sin fines de lucro que se dediquen exclusivamente a fomentar el valenciano. 

Resulta curioso que no existen deducciones similares de las que puedan beneficiarse los vascos por fomentar el euskera, o los gallegos por promover la lengua gallega, o incluso cualquier otro contribuyente de otra comunidad que fomente el uso del castellano. 

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