Como lluvia pertinaz siguen calando iniciativas del Gobierno de Pedro Sánchez que promueven el deterioro institucional a pesar del escenario de parálisis legislativa. Las más recientes se han introducido de tapadillo en el BOE para poder elegir a directivos públicos que no sean funcionarios y vulnerar la autonomía de la Agencia Tributaria (AEAT) a la hora de desarrollar planes de Recursos Humanos. A esto se añaden enmiendas a la Ley de Paridad para que el Ejecutivo pueda saltarse el trámite de consulta pública en la elaboración de leyes y que pretenden acabar con el veto del Senado a los objetivos de estabilidad presupuestaria, que se introducen en una norma sin relación alguna para no tramitar una ley orgánica propia.
Las última medidas de deterioro de la Función Pública se publicaron en el BOE el 30 de abril. Justo el día antes, los inspectores de Hacienda clamaban contra la podemización de la Función Pública y alertaban de que se quiere sembrar sospechas entre los ciudadanos sobre su desempeño e independencia. Así lo planteó Ana de la Herrán, presidenta de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), en un acto sobre La quiebra del Estado de Derecho y el deterioro de la Función Pública de altos funcionarios del Estado contra la amnistía, los privilegios que se preparan para Cataluña y el intento de deteriorar la Función Pública facilitando el acceso, lo que atenta contra la elección por mérito y capacidad.
Son dos normas que afectan al ámbito de la reforma de la Función Pública en materia de recursos humanos y de regulación de la figura del Directivo público que desde la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado reciben "con enorme preocupación, al traslucirse vulneración de las competencias de la AEAT y un peligro claro de politización de las condiciones que se exigen para acceder al puesto de directivo público".
La Orden TDF 379/2024 sobre regulación de la figura del Directivo Público Profesional desarrolla el Real Decreto-ley 6/2023. A los inspectores no les parece admisible que se utilice la figura del Real Decreto-ley para la regulación de una cuestión tan importante. Creen que no sólo no hay razones que justifiquen la extraordinaria y urgente necesidad para la publicación de una norma de este calado, tal y como exige la Constitución, sino que con ello se impide el adecuado debate parlamentario.
Nombramientos con criterios políticos
Además, advierten de que la figura del directivo público se ha regulado sin cumplir los estándares mínimos de la OCDE en materia de dirección pública pues no sólo deja fuera a quienes tienen la categoría de directores generales, secretarios de Estado o subsecretarios, que podrán seguir siendo nombrados con arreglo a criterios políticos y no técnicos, sino que amplía aún más el abanico de la politización de la Administración al contemplar como directivos a quienes tienen el rango de subdirector que ahora podrán también ser elegidos entre personas que no pertenezcan a ningún cuerpo funcionarial, lo que creen inédito en nuestra Administración Pública.
En cuanto a la forma de elección y requisitos que se exigen para ser directivo público, juzgan muy negativamente que el acceso a estos puestos se haga a través de entrevistas y de un cuestionario de "autoevaluación", que dará lugar a la arbitrariedad en la selección de quien va a ocupar un puesto de responsabilidad dentro de la Administración pública.
También consideran "inadmisible" que el marco básico de competencias para este personal directivo sean capacidades en las que no se aprecia la necesidad de especialización que debería exigirse alguna en el ámbito de los puestos directivos de la Administración Tributaria (Agencia Tributaria, Dirección General de Tributos y Tribunales Económico-administrativos).
En definitiva, "nada de claridad, especialización y concreción y mucha opacidad en los criterios que se exigen para ocupar cargos directivos. Una vez más, se observa que España se aleja de la necesaria objetividad y preparación que deben tener nuestros funcionarios y quienes ocupen los puestos de mayor responsabilidad en nuestra Administración y, en particular, en la Administración Tributaria, pudiendo entrever ya que la reforma de la función pública va encaminada hacia una desprofesionalización y una absoluta falta de competencia lo que va a generar un retroceso en la prestación de los servicios públicos y una desconfianza de los ciudadanos en nuestras instituciones públicas", remachan.
Ese mismo día, el BOE publicó la Orden TDF/380/2024 con normas y directrices sobre la elaboración de los planes e instrumentos de planificación estratégica de RRHH en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE). IHE considera que, de acuerdo con la Ley de creación de la AEAT, existe una autonomía para la elaboración y aprobación de su oferta de empleo público, así como para el régimen de acceso a los cuerpos, escalas y especialidades que se le adscriben, autonomía que se vulnera. En consecuencia, no ven admisible que Función Pública, saltándose la jerarquía normativa, vulnere la autonomía de la AEAT en esta materia.
Sin embargo, estas medidas de facilitación de acceso a la Función Pública no son nuevas. Después de años de enfrentamiento con el sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), que reivindica que los técnicos puedan subir de escalafón y convertirse en grupo A1 y ha intentado introducir este asunto en enmiendas a los Presupuestos desde 2019 que no han prosperado, la Ley de Interinos que aprobó Miquel Iceta en 2021 hizo saltar las alarmas.
Loe temores se hicieron realidad con el acuerdo del 3 de noviembre de 2022 entre Hacienda y sindicatos para la promoción interna, que permite hacer funcionarios a interinos con un test, algo que se percibe como un proceso de podemización de la Función Pública, y que ha sido recurrido por los inspectores.
También han recurrido la Oferta de Empleo Público (OEP) de 2023 y una convocatoria de la de 2022 que publicó el BOE el 29 de septiembre de ese año. En las dos últimas OEP se incluye una cláusula que permite nombrar interinos a personas que no han aprobado la oposición. En septiembre, se puso en marcha un proceso selectivo para cubrir 213 plazas en un proceso en el que se puede nombrar interinos a personas que no han aprobado ni superado el curso selectivo en el Instituto de Estudios Fiscales.
Sin consulta pública
El Gobierno ha introducido una enmienda en el Proyecto de Ley de Paridad para poder aprobar leyes, reales decretos y reglamentos sin el trámite de consulta pública en el que participan ciudadanos, empresas y organizaciones afectadas o que quieren aportar su conocimiento y experiencia.
El PSOE y Sumar quieren reformar el artículo 26 de la Ley del Gobierno para que con sólo cumplir uno de los seis requisitos que exige se puede evitar el trámite.
Francisco de la Torre, exdiputado de Ciudadanos, alerta de que "es preferible la máxima transparencia y exposición pública. En cualquier proyecto normativo, el que lo concibe nunca contempla todas las implicaciones que puede haber y que es necesario que se aporten para que haya una legislación de calidad".
Además de afectar a los aspectos técnicos de la norma, saltarse la consulta pública previa supone impedir que ciudadanos, empresas, organizaciones, asociaciones y sectores afectados conozcan el proyecto y aporten su opinión y propuestas.
Este modus operandi se viene desarrollando desde la pasada legislatura, en la que se han promovido proposiciones de ley con el fin de saltarse no sólo la consulta pública, sino los informes del Consejo de Estado, CGPJ y otros órganos, lo que entre otras consecuencias ha propiciado errores en la Ley que crea los impuestos a banca, energéticas y grandes fortunas, por ejemplo.
El paradigma de la proposición de ley que sortea los informes de órganos consultivos es la de amnistía. Sin embargo, un dictamen del Consejo de Estado y un informe del CGPJ son inútiles si no se tienen en cuenta, como ocurrió con la Ley del Sólo Sí es Sí, que nació con errores graves.
Contra el veto del Senado por la puerta de atrás
En esta misma Ley de Paridad el Gobierno ha introducido una enmienda que modifica la Ley de Estabilidad Presupuestaria para acabar con el veto del Senado a los objetivos de estabilidad. Es decir, introduce este cambio trascendente en una enmienda a una ley que no tiene relación alguna.
Este poder del Senado lo creó Cristóbal Montoro en 2012, y la propia María Jesús Montero intentó eliminarlo en 2018 y en 2020 en proyectos que decayeron.
El Gobierno lo ha impulsado ahora a pesar de aseguraba desde diciembre que ese veto que ha ejercitado la mayoría del PP en el Senado no impedía tener unos objetivos de estabilidad vinculantes y que no cuestionara la Comisión Europea. Para lo que blandió de cara a los Presupuestos de 2024 un informe de la Abogacía del Estado que refrendaba que pudieran bastar los objetivos comunicados a Bruselas el 30 de abril de 2023 en el Programa de Estabilidad.
El PP ya ha presentado un recurso de amparo a la Mesa por considerar la enmienda un fraude de ley en el que pida que se inadmita a trámite.
Más parálisis por el conflicto Senado/Congreso
El intento de revertir el único veto real que tiene el Senado sobre el Congreso es uno de los frentes en los que se está librando el conflicto institucional entre el Senado y el Congreso, que está paralizando leyes económicas. Es el caso de una proposición de ley por la que se deroga la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que ha aprobado el Senado y que ha sido vetada por el Gobierno, censura que la Cámara Alta pretende ignorar.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el conflicto entre órganos constitucionales promovido por el Gobierno frente al Senado contra su acuerdo por el que se toma en consideración para su tramitación la proposición de ley por la que se deroga la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en contra del criterio del Gobierno.
El Gobierno alega que el Acuerdo del Senado vulnera los artículos 134.6 de la Constitución y 151 del Reglamento del Senado, en relación al ejercicio de la facultad de veto presupuestario.
Juristas a los que ha consultado Vozpópuli admiten que el Gobierno abusa a menudo de su capacidad de veto por motivos presupuestarios, pero creen que en este caso el veto está justificado ante la supresión de un impuesto que recauda cerca de 3.200 millones.
Apuntan que el Gobierno parece querer sentar un precedente. Por una parte, el PSOE controla la Mesa del Congreso con Sumar y puede bloquear iniciativas en la Cámara Baja, pero sí que hay un riesgo en segunda vuelta para normas que vienen del Senado, en la que el Gobierno se lo juega a todo o nada en el Pleno del Congreso, donde pueden caer. Así ocurrió el 10 de enero con la convalidación del Real Decreto-ley del subsidio.
Un nuevo ejemplo de bloqueo por parte de la Mesa del Congreso es el de la proposición de ley orgánica contra la okupación aprobada por el Senado, que el PP creía poder sacar adelante en la Cámara Baja, ya que en la Cámara Alta PNV, Junts y Coalición Canaria se abstuvieron.
Más reveses a la responsabilidad patrimonial
Otro punto negro de la actividad legislativa de este Gobierno es la reforma de la ley de responsabilidad patrimonial a la que obliga una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) de junio de 2022 y que el Ministerio de Hacienda trata de dilatar todo lo que puede. Había un anteproyecto retrasado y que no llegó a las Cortes cuando convocó elecciones Pedro Sánchez el 29 de mayo de 2023 que ahora se abandona y se introduce la reforma en una ley de Función Pública.
La citada ley que reformaba la responsabilidad patrimonial del Estado aparecía en el Plan Normativo de 2023 pero no como tal en el de 2024, sino embutida en una ley para la transformación de la administración pública.
“Finalmente, la Ley introduce mecanismos para asegurar una más eficaz y eficiente transposición del ordenamiento de la Unión a nuestro Derecho interno, al tiempo que revisa los mecanismos de exigencia de responsabilidad patrimonial por incumplimiento del Derecho de la Unión”, reseña.
"Actualmente vivimos en un Estado fallido, al menos legislativamente hablando. Por ello, es de muy difícil explicación, salvo el ánimo dilatorio, pasar de contemplar una ley ad hoc para cumplir con una sentencia del TJUE que va camino de demorarse dos años, a incluir esta regulación en un nuevo proyecto de ley, que ha de someterse, de nuevo y de conjunto, a todos los trámites establecidos en la ley. En la anterior legislatura, el referido anteproyecto estaba en avanzado estado de gestación", advierte Isaac Ibáñez, abogado, que denunció ante la Comisión Europea el régimen de responsabilidad patrimonial que aprobó Cristóbal Montoro.
Con todo, cabe recordar que la reforma que preparaba en mayo de 2023 era muy restrictiva respecto al mandato del TJUE.
El Tribunal Supremo acaba de vetar las reclamaciones de responsabilidad patrimonial para el Modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero. Una reciente sentencia no permitirá recuperar lo autoliquidado en el IRPF. Una vía que los abogados que han promovido las reclamaciones por este modelo tras lograr que lo tumbara el TJUE contemplaron de distinta manera: Alejandro del Campo intentó que prosperara y Esaú Alarcón era escéptico.
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