Economía

Una misma empresa logró 11 contratos de Colau sin publicidad ni competencia

El Tribunal de Cuentas ha detectado decenas de contratos menores adjudicados por la alcaldesa de Barcelona que contienen deficiencias e irregularidades

El aparente truco del que se ha servido la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, para evitar la publicidad y transparencia de decenas de contratos públicos consiste simplemente en fraccionar en pequeños contratos el que en realidad debería haber sido uno sólo, pero que por su importe superaría las cantidades que la normativa contempla como contratos menores, y que cuentan con un menor control por parte de la Administración.

El Tribunal de Cuentas ha detectado "deficiencias e irregularidades" en la adjudicación de decenas de contratos menores por parte del Ayuntamiento de Barcelona en el año 2016. En muchos de los casos analizados, una misma empresa fue adjudicataria de contratos menores sucesivos con el mismo objeto.

En el caso de los contratos de suministro y servicios, estos no pueden superar los 18.000 euros para ser considerados menores, y en el de los de obra, el importe límite son 50.000 euros.

Colau adjudicó 11 contratos a la misma empresa para actividades culturales en un barrio en 2016, por 190.377,6 euros

La misma empresa logró dos contratos para mejorar las aceras de la calle Mare de Déu de Lorda, uno por importe de 49.364,28 euros, y otro por 24.132,23 euros. El Ayuntamiento de Barcelona alega que se trata de obras independientes, pero el Tribunal de Cuentas advierte que responden a la necesidad de reparar el estado de deterioro de la vía pública, y que "hubiera sido posible planificar la gestión tanto contractual como presupuestaria de una actuación conjunta".

Colau adjudicó cuatro contratos para rehabilitar el Centre d'Acollida d'Animals de Companyia a la misma empresa, por un importe conjunto de 173.698,67 euros, superando el límite legal establecido. El tribunal ha detectado que los cuatro contratos se adjudicaron en un periodo de cuatro meses, siendo su ejecución coincidente en el tiempo, y que todos tenían el mismo objeto, la rehabilitación del edificio.

"La división de la obra en cuatro contratos menores permitió eludir la aplicación del procedimiento ordinario de preparación y adjudicación que hubiera correspondido", concluye el Tribunal de Cuentas. El Ayuntamiento de Ada Colau debería haber solicitado ofertas "a un mínimo de tres empresas capacitadas siempre que ello fuera posible".

Actividades culturales y ambulancias

Otros contratos que el Ayuntamiento de Barcelona pasó por menores en el año 2016 y que han llamado la atención del Tribunal de Cuentas corresponden a la realización de actividades culturales, y a la contratación de servicios de ambulancias para actos públicos.

El Ayuntamiento de Barcelona adjudicó 28 contratos menores para servicios de ambulancia durante actos públicos, por 103.501,75 euros

La misma empresa logró 11 contratos menores para desarrollar actividades culturales en el barrio de Vilapicina y Torre Llobeta entre los meses de febrero y diciembre de ese año, por un importe acumulado de 190.377,6 euros.

Todos esos contratos tenían la misma necesidad y las mismas prestaciones. Pero el fraccionamiento temporal de la prestación "permitió eludir la aplicación del procedimiento abierto de adjudicación", lo que hubiera sido preceptivo "atendiendo al valor estimado del conjunto de la actividad",según dice el Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización. Además, no se solicitaron ofertas a empresas distintas de la adjudicataria.

En el ejercicio de 2016 el Tribunal de Cuentas ha detectado 28 contratos menores relacionados con los servicios de ambulancias durante actos públicos, por un importe de adjudicación acumulado de 103.501,75 euros.

"La contratación conjunta de estos servicios hubiera requerido, por razón de su valor estimado, la utilización del procedimiento abierto de adjudicación, que aporta plenas garantías de publicidad y concurrencia", señala el organismo. Sin embargo, en ninguno de esos contratos menores "se solicitaron ofertas a empresas distintas de la respectiva adjudicataria".

La necesidad de contar con un servicio de ambulancias en actos públicos "es previsible y susceptible de una programación previa", indica el Tribunal de Cuentas. Por ello, añade que "una adecuada planificación de las
necesidades públicas hubiera aconsejado su contratación centralizada para todo el Ayuntamiento de acuerdo con un procedimiento de adjudicación que garantizase adecuadamente la vigencia de los principios de publicidad y concurrencia".

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