Las empresas tendrán que sustituir por trabajadores indefinidos a quienes sean obligados por convenio a jubilarse a partir de los 68 años. Habrá excepciones en los casos en de la edad de retiro si hay empleo femenino y estable.
Según informa 'Expansión', la última propuesta de preacuerdo entre el Gobierno, la patronal y los sindicatos sobre la reforma de las pensiones, la medida puede implicar que por cada empleado que se retire por convenio a partir de los 68 años, la compañía debe contratar a otro trabajador. Este debe tener un contrato indefinido y a tiempo completo.
De esta manera , el Ejecutivo de coalición ha acordado con los empresarios y los sindicatos que los convenios colectivos no puedan obligar a jubilarse a los trabajadores menores de dicha edad.
Según el documento, se trata de "favorecer la prolongación de la vida laboral" más allá de la edad legal de jubilación, que este año se sitúa en los 66 años, si el trabajador no ha podido retirarse a los 65 porque no tenía todo el periodo de cotización exigido.
Otra condición consiste en que "la medida deberá vincularse al relevo generacional a través de la contratación indefinida y a tiempo completo".
Además, este preacuerdo que se está negociando, impone una condición más a las empresas que pacten en el convenio colectivo la jubilación obligatoria de sus trabajadores al cumplir los 68 años, cuando hayan cumplido todas las condiciones para poder cobrar toda la pensión.
"Relevo generacional"
Esta consistiría en que "la medida deberá vincularse, como objetivo coherente de la política de empleo expresado en el convenio colectivo, al relevo generacional a través de la contratación indefinida y a tiempo completo de, al menos, un nuevo trabajador".
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