La Audiencia Nacional ha decidido no admitir las pólizas de seguro presentadas por el expresidente de Abengoa Felipe Benjumea y el exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega para avalar sus fianzas, por lo que tendrán que depositar 11,5 millones y 4,5 millones de euros, respectivamente, en veinticuatro horas. Según dos autos a los que ha tenido acceso Efe, la Audiencia se muestra de acuerdo con la Fiscalía, que pedía el rechazo de estas pólizas para avalar la fianza en la causa que estudia la querella presentada por dos bonistas, por lo que Benjumea y Sánchez Ortega tendrán que consignar la totalidad de las indemnizaciones recibidas al salir de la compañía, incluidos los impuestos.
La titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3, Carmen Lamela, había admitido a trámite en diciembre de 2015 la querella presentada por dos bonistas contra los exdirectivos de Abengoa Felipe Benjumea y Manuel Sánchez Ortega, a quienes les impuso una fianza civil de 11,5 millones y 4,5 millones de euros, respectivamente, correspondiente a las indemnizaciones que recibieron al salir del grupo. La juez considera que pudieron incurrir en un delito de administración desleal y, en el caso de Sánchez Ortega, otro de información privilegiada tras su fichaje por el fondo Blackrock.
Avales por 5,75 millones de euros
A finales de diciembre, ambos directivos presentaron dos pólizas de seguro cada uno para avalar sus correspondientes fianzas, aunque plantearon la duda de si debería minorar las cantidades con los correspondientes impuestos, algo que fue rechazado por la Audiencia. De acuerdo con el auto de este martes, Benjumea presentó avales de AIG Europe Limited y XL Insurance Company SE por importe de 5,75 millones de euros cada uno y una póliza de seguro de responsabilidad de administradores y directivos.
Sánchez Ortega presentó avales de las mismas compañías por importe de 2,25 millones cada uno y una póliza de seguro de responsabilidad de administradores y directivos. Ante estos depósitos, la Fiscalía presentó un informe en el que pedía el rechazo de las fianzas prestadas por las compañías de seguro, al considerar que la administración desleal es un delito de dolo, lo que podría impedir beneficiarse del seguro.
Además, la Audiencia coincide en que el contrato suscrito entre las aseguradoras y Abengoa podría afrontar las eventuales indemnizaciones a terceros, pero no los perjuicios a la propia empresa, tanto por los pagos efectuados "indebidamente" a los exdirectivos como porque el proceso podría obligarse a asumir una responsabilidad civil ante terceros. Contra este auto, fechado ayer lunes 11, puede interponerse recurso de reforma en el plazo de tres días y de apelación en cinco.
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