El Banco de España ha publicado este viernes por la tarde el esperado proyecto de circular "sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros" con el que el supervisor se adapta al nuevo marco regulatorio contable internacional y se prepara de cara al futuro modelo de provisiones por pérdida esperada, que entrará en vigor en 2018. El texto, que estará sometido a fase de consulta y posibles cambios hasta el 19 de febrero y entrará en vigor el 30 de junio, plantea entre otras la posibilidad de que sean las propias entidades las que apliquen sus propios modelos y cálculos internos para fijar las provisiones.
Los créditos subestándar pasarán a estar o bien "en vigilancia especial" o bien dentro de los dudosos
Una de las medidas novedosas planteadas en el borrador de circular es la idea del Banco de España de "realizar periódicamente ejercicios de comparación y referencia (benchmarking) de los niveles de provisiones en el sector bancario español y publicar sus resultados a nivel agregado", según refleja el escrito. Es decir, que el supervisor revisará y comparará los niveles de cobertura de los riesgos entre las propias entidades. A preguntas de este diario, desde el supervisor reconocen que aún no está decidida la periodicidad a la que se tendrían que someter.
El proyecto supone una revisión completa de la metodología con la que se contabilizan los créditos y las coberturas de los mismos. Así, el Banco de España decide acabar con la clasificación de riesgo subestándar (una rara avis propia de la supervisión española) para aquellos créditos que, sin ser dudosos, sí que presentaban posibles complicaciones y merecían ser provisionados en parte. Cuando entre en vigor la nueva circular dichos créditos pasarán a estar clasificados como normales "en vigilancia especial" o dudosos, por lo que las provisiones ya dotadas no se liberarán, al menos inmediatamente, tal y como adelantó Vozpópuli.
Fuentes próximas al Banco de España explican que la nueva metodología está planteada con la intención de que el nivel básico de provisiones se mantenga, por lo que "no se puede avanzar" el efecto concreto de la nueva circular en cada una de las entidades. Recientemente, los analistas de Bankinter apuntaban a Bankia, Popular y Liberbank como probables entidades penalizadas por una mayor exigencia de dotaciones con el nuevo paradigma, pero el nuevo sistema "se ha calibrado para que el resultado no suponga grandes cambios en el volumen total de provisiones".
Para evitar alterar las cuentas de resultados, está previso que la nueva política contable se aplique con efectos retroactivos y, por lo tanto, contra reservas
Para evitar alterar las cuentas de resultados, está previso que la nueva política contable se aplique con efectos retroactivos y, por lo tanto, contra reservas. Es decir, que en el caso hipotético de tener alguna incidencia de calado, esta afectaría al patrimonio neto de la entidad en cuestión, pero no al beneficio del ejercicio. Además, el BdE avisa en su borrador que los cambios no serán transitorios, sino que permanecerán vigentes cuando la UE apruebe el nuevo marco regulatorio en contabilidad financiera (la llamada NIIF 9).
Más libertad para desprovisionar
Otro de los cambios en la cultura contable de la banca española será el método de cálculo de las provisones de los grandes acreditados. Estos riesgos "significativos" se revisarán y analizarán individualizadamente y con calendarios de provisiones específicos. Cada entidad tendrá que determinar, con criterios objetivos, qué operaciones y acreditados son significativos, si bien el Banco de España establece los riesgos a partir de los 3 millones de euros (o un 5% de los recursos propios del banco) como de especial seguimiento.
La nueva circular incluye, eso sí, un cambio en el criterio a la hora de liberar las provisiones atesoradas para los activos adjudicados; es decir, para aquellos que hayan pasado a formar parte del balance de una entidad ante la imposibilidad del acreditado de afrontar sus pagos. Tal y como refleja el proyecto, se permitirá la liberación de dotaciones "cuando la estimación del valor de tasación ajustado quede refrendada por la capacidad de la entidad para realizar el activo, teniendo en cuenta su experiencia en ventas y la rotación de su inventario". Es decir, que si la entidad demuestra su capacidad de dar salida a sus activos problemáticos con solvencia, ésta podrá liberar la provisión, no como hasta ahora, que solo se revertía una vez liquidado el activo.
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