La sentencia del Tribunal Supremo no parece ponérselo fácil a los inversores institucionales que puedan estar interesados en demandar a Bankia por la salida a Bolsa de 2011. Pese a que la sentencia del Alto Tribunal considera probado que los errores del folleto indujeron al error a los pequeños inversores, no extrapola esta situación a los grandes, toda vez que éstos disponían de fuentes de "información complementaria" para tomar una decisión con más conocimientos sobre los riesgos.
En el caso de los pequeños ahorradores, el Supremo explica que dependían de la veracidad del folleto ya que éste era su única fuente de información financiera detallada y (presuntamente) veraz. "Únicamente cuentan con la información que suministra la propia entidad, a diferencia de grandes inversores, o los denominados inversores institucionales, "que pueden tener acceso a otro tipo de información complementaria", según señala la sentencia publicada este miércoles.
El Tribunal Supremo ha hecho públicas este miércoles dos sentencias sobre la nulidad de la venta de acciones de la salida a Bolsa de Bankia, en las que reconoce que los pequeños inversores no contaban con los medios necesarios para conocer la verdadera situación de la entidad, que estaba "al borde de la insolvencia". En concreto, el Tribunal señala que los pequeños inversores no contaban con "los medios necesarios para obtener información sobre los datos económicos relevantes para tomar la decisión de comprar las acciones", medios con los que sí contaban los grandes inversores institucionales.
Y de esto modo, los inversores minoristas se encontraron con que "realmente compraron valores de una entidad al borde de la insolvencia y pérdidas multimillonarias no confesadas", según aclara el Alto Tribunal, según EFE.
Bankia deberá devolver el dinero a dos suscriptores de su oferta de acciones
Ya que la intención de los pequeños inversores era "la obtención de rendimiento (dividendos)", el hecho de que se hicieran públicos "beneficios millonarios" fue "determinante" para que decidieran acudir a la oferta.
Y además, prosigue el Supremo, el folleto de la oferta estaba confeccionado por el emisor -Bankia-, con la autorización del supervisor, un organismo público que contribuyó a generar "confianza y seguridad jurídica en el pequeño inversor".
El contenido de estas sentencias, del pleno de la Sala Primera del Alto Tribunal, fue adelantado el pasado 27 de enero. Ambas sentencias desestimaban sendos recursos interpuestos por Bankia contra dos sentencias anteriores, que anulaban los contratos de compra de acciones al existir error en el consentimiento y desfase entre las cifras del folleto informativo y las reales.
Con ello, Bankia está obligada a devolver el dinero de dos suscriptores de su oferta pública de acciones, al tiempo que se abre la vía a miles de nuevas reclamaciones.
Asimismo, el Supremo señala que ninguna de las dos sentencias incurre en infracciones procesales al valorar la situación financiera de Bankia o al determinar los hechos que se han considerado notorios.
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