El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) estudia sancionar a la Empresa de Residuos Radiactivos (Enresa) por exponer a una zona de riesgo radiológico a una becaria que visitó, sin la debida autorización, la antigua central nuclear José Cabrera, en Almonacid de Zorita (Guadalajara), de cuyo desmantelamiento se encarga la empresa pública.
La visita de la becaria, perteneciente al Departamento de Logística de Enresa en Madrid, tuvo lugar el pasado 22 de mayo, cuando acompañaba al jefe de ese departamento para presenciar sobre el terreno la preparación de una expedición de salida de residuos radiactivos generados en la instalación, “débilmente irradiantes” y “procedentes del corte y segmentación del haz tubular del generador de vapor, acondicionados en un embalaje”. En una comprobación rutinaria para solicitar los registros de entrada del personal asistente a las maniobras, la inspección residente de la central comprobó que "la visita al EAD [edificio auxiliar de desmantelamiento] no había sido autorizada", lo que fue puesto en conocimiento de los responsables de la instalación.
Tras ese episodio, una inspectora del CSN se personó en Zorita el pasado 31 de julio para recabar más información. En el acta de inspección, la técnico del CSN pone de manifiesto “la irregularidad de esta actuación”, ya que “la persona indicada accedió como visita no disponiendo de la autorización correspondiente”, “no se llevó a cabo el registro de acceso a zona vigilada de la visita” y el servicio de Protección Radiológica (PR) “no fue informado de la entrada de la visita a zona vigilada”.
Por ello, "no se efectuó el control dosimétrico de la visita por parte del Servicio de PR” y la becaria “accedió a zona vigilada sin portar un DLD [Dosímetro personal de Lectura Directa], no existiendo, por tanto, registro de resultados dosimétricos” de su posible exposición a la fuente radiológica.
Enresa, por su parte, argumenta que “la dosis DLD del acompañante fue 0”, aunque reconoce “que la obligación del personal de la instalación responsable de la visita (Servicio de clasificación y control de materiales), era informar al Servicio de PR de las actividades de la visita y sus pretensiones de acceso”. “El servicio de PR desconocía tal circunstancia ya que no fue informado por el Servicio responsable”, añade en el acta de inspección.
De momento, Enresa se ha comprometido a promover “una campaña formativa/informativa sobre las obligaciones establecidas para la gestión de las visitas a zonas radiológicas no sólo entre el personal de la instalación” sino, “aún más, entre el personal de la organización de Enresa no perteneciente a la instalación (como era el caso que nos ocupa)”.
Cuando en las inspecciones se constatan incumplimientos, no conformidades o prácticas inadecuadas, estas han de ser corregidas por el titular acreditándolo en el trámite al Acta de Inspección o bien posteriormente. En el caso de que no sean subsanados se remite, si procede, un apercibimiento en el que se fija un plazo para corregir los incumplimientos detectados. En el caso de que los incumplimientos sean graves, el CSN puede sancionar con multas coercitivas o proponer la apertura de un expediente sancionador.
Así, el regulador nuclear podría proponer una sanción o dejar pasar el asunto con un apercibimiento o una simple carta a la empresa que preside el exalcalde de Ciudad Real, Francisco Gil-Ortega. De momento, el CSN ha abierto lo que denomina “no conformidad” sobre el episodio, así como la puesta en marcha de una “acción preventiva”.
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